Tras las cartas enviadas por AFIP, hubo 36.000 empleadas domésticas blanqueadas
En la AFIP hay registradas más de 535.000 relaciones laborales en casas particulares, pero se estima que hay más de un millón de trabajadoras.
CAPITAL FEDERAL - Tras una estrategia de envío de cartas de "inducción" que reforzó en los últimos días, en la AFIP afirman que hasta ahora se logró el registro de 36.000 personas que trabajan en tareas domésticas. El mensaje enviado por el organismo, que generó muchas reacciones en las redes sociales, llegó por mail o por la ventanilla electrónica que está en la página web y a la que se accede con la clave fiscal.
En total se mandaron 650.000 cartas, a partir del mes de mayo. La elección de los destinatarios tiene que ver con que la AFIP presupone, tras un cruce de datos patrimoniales y de consumo, que hay un trabajador en la casa para las tareas domésticas. Más allá de la frase incluida en las comunicaciones ("llama la atención que no tengas a nadie registrado que te ayude en tus tareas domésticas"), lo cierto es que hay para estos casos un sistema laboral y un vínculo de empleador y trabajador, que está establecido por la ley 26.844 del año 2013.
Allí se determinan cómo son las jornadas laborales, las categorías de servicios, el régimen de vacaciones y aguinaldo y el de indemnización por despido, entre otros varios temas.
Hoy hay registradas 535.768 personas en el régimen de trabajo en casas particulares, pero se estima que hay más de un millón de trabajadoras en la actividad, por lo cual gran parte estaría desempeñándose en negro.
El registro del personal se servicio doméstico puede hacerse a través de la página www.casasparticulares.afip.gob.ar (también se puede acceder desde la página de la AFIP). Los datos que es necesario tener a mano, porque los pedirá el formulario de inscripción, son: el CUIL de la persona a registrar; su nombre y apellido; sus datos de contacto y domicilio; el tipo de trabajo que hará y si solo estará en la casa del empleador que la está registrando o si hay también otros lugares donde realiza tareas domésticas; la cantidad de horas semanales que trabajará; la remuneración pactada; la fecha de ingreso y el domicilio laboral.
Para el empleador, es posible deducir del impuesto a las ganancias los pagos de las remuneraciones y de los aportes a la seguridad social. Esa información debe cargarse en el formulario Siradig - Trabajador, siempre en forma online. Para este año, el límite deducible es de $66.917,91. Hasta ese tope, el monto declarado se descuenta del ingreso sobre el cual se calcula el impuesto.
Al realizarse el alta, se gestiona desde el mismo formulario el pago de la primera cuota de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), ya que esa cobertura se paga en el mismo mes al que corresponde la cuota (a diferencia de los otros aportes y contribuciones, que se abonan a mes vencido).
¿Cuáles son los costos? El sistema prevé el pago de las prestaciones de salud y de jubilación futura, con el ingreso de un monto que hoy está en $581,15 para el caso de personas mayores de 18 años, que trabajan 16 horas o más en el hogar y que no están jubiladas. A eso hay que sumar la alícuota del seguro de riesgos laborales, que en este ejemplo es de $230 (el total mensual da $811,15). Por una trabajadora que está menos de 12 horas, por ejemplo, se paga un total de $188,88.
Al momento de hacer un registro hay que tener en cuenta que hay que gestionar el alta en la ART y, además, recordarle a la persona empleada que debe informar el alta en la obra social de la propia actividad o bien en la obra social que elija (el listado de las entidades habilitadas está en la página de la Superintendencia de Servicios de Salud).
El envío de mensajes como una forma de procurar el registro no es algo nuevo en la AFIP. Y más allá de eso, en 2013 y tras la aprobación de la ley regulatoria por parte del Congreso el organismo emitió una resolución, la 3492, para establecer la presunción de empleo en casas particulares en el caso de personas con determinado patrimonio o nivel de ingresos, dentro un régimen que permite la determinación de deudas de oficio por períodos ya vencidos. Luego, bajo la administración de Alberto Abad, esa normativa quedó sin efecto.
Fuente: La Nación