Tribunal de Cuentas “observó” por tercera vez el expediente de Brothers Trucks
Dos de los tres integrantes del organismo no lo aprobaron.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - El nuevo dictamen del Tribunal de Cuentas Municipal, emitido sobre las 13 horas de este viernes, se expide por la no aprobación, en voto por mayoría de de dos de los tres integrantes, del expediente iniciado por la firma Brothers Truck, ya que los vocales Gastón Acevedo y Carlos Relly entienden que no se salvaron algunas irregularidades planteadas en torno al trámite que involucra el pago de algo más de 4 millones de pesos, por trabajos realizados durante el temporal. Por su parte, el vocal Miguel Angel Hernández se expide a favor del visado del trámite, es decir otorgando un visto bueno en general, pero cuestionando el mismo caso en que se enfocan los antes mencionados: el de dos equipos que habrían prestado tareas con el mismo chofer y en los mismos días y horarios, lo que podría derivar en un pago duplicado.
El dictamen 1258-17, que era esperado hoy por los choferes de equipos que protagonizaron la protesta en Güemes y San Martín desde horas tempranas (y que amenazan retomar desde el martes, con posible toma de la playa de tanques de YPF), se expidió por la “observación”. Si bien no se trata de un rechazo taxativo, implica un manto de dudas, por tercera vez desde que se inició el trámite, ya que antes había tenido 17 observaciones en la primera oportunidad y otras 5 en la segunda.
Sin embargo, el Tribunal de Cuentas no tiene facultad para impedir el pago. De hecho, el mismo dictamen vuelve a expresar que “la no visación del TCM no es impedimento para el cumplimiento de las obligaciones municipales en tanto y en cuanto el ejecutivo municipal, siendo quien ejecutó las contrataciones, controló la prestación de los servicios, y efectúo la recomendación de su pago, complete el procedimiento previsto en el art. 106º de la COM (acuerdo de secretarios), para el pago directo del mismo. Ello por cuanto el Ejecutivo Municipal sí se encuentra habilitado para merituar la oportunidad y conveniencia de las circunstantes que generaron las contrataciones de autos”.
En el pronunciamiento conjunto de Acevedo y Relly, se pondera que las funciones del Tribunal “se limitan a un análisis formal de los requerimientos legales y contables del expediente necesarios para visar el gasto, los que no se hayan cumplidos”. Y a continuación añade, como ejemplo de tales irregularidades: “se verifica que el caso de los dominios EHU989 y FBJ850 empadronados como CAV018 y CIS026, prestaron servicio con un mismo chofer los mismos días y franja horaria”. Añade a continuación que “los contadores fiscales del Organismo Contadores han emitido su opinión profesional contable, reiterando en la existencia de irregularidades administrativas que impiden el visado de las presentes”.
Por su parte, el vocal Hernández (que representa al oficialismo dentro del T.C.M, ya que Acevedo representa al radicalismo y Relly al dasnevismo) se expide a favor del visado, pero hace una advertencia en relación al mismo caso, según se desprende del escrito, ya que menciona los mismos dominios sobre los que se arroja la duda por la superposición de chofer, horarios y días de trabajo, sugiriendo no pagar el trabajo de esos equipos hasta despejar la duda planteada:
“Ahora bien –señala el voto de Hernández-, atendiendo a que se expone en el informe del revisor General el cumplimiento parcial del contrato que vincula la unidad CAM018 y MIN026 como información reiterada en los partes de las unidades CAV018 y CIS 026, se sugiere como recomendación cumplimentar por el aérea de economía los requisitos faltante y verificar la información contenida en los mismos sin proceder a su pago”.
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