RAWSON (ADNSUR) - Chubut dictó este miércoles el decreto provincial que restringe la circulación nocturna y prohíbe reuniones con más de 10 personas. Según el DNU, seguirán habilitadas las escuelas en tres niveles y queda restringirá la circulación en horas de la noche, esto regirá hasta el próximo 20 de abril.

El ministro de Salud de Chubut, Fabián Puratich habló este jueves con ADNSUR y destacó que lo más importante de las nuevas medidas "es que todos los eventos deportivos, culturales o sociales no pueden tener más de 10 personas". Y recordó que eso está vigente desde el decreto anterior, "ahora lo reafirmamos y hablar con cada uno de los municipios para que se cumplan los controles", dijo.

Asimismo, aclaró que las reuniones familiares también tienen un límite de hasta 10 personas y todo el resto de las actividades también con ese máximo. "Se pondrá más énfasis en el control. Tanto de las cantidad de personas como los protocolos que se han diseñado en todas la actividades, hay que cumplirlos y se fijará más que nada ahí el tema de los controles de la pandemia", afirmó.

Qué restricciones establece el decreto:

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-Sin circulación nocturna: El DNU que regirá por los próximos 14 días, en su  artículo 2° modifica el decreto 150/21, último vigente, estableciendo las condiciones de “circulación urbana e interurbana provincial”. Establece que en todas las localidades y ciudades de la provincia del Chubut “las personas podrán circular con la siguiente modalidad: de lunes a jueves entre las 6 y 0,30 horas del día siguiente; y viernes a domingo entre las 6 y 1,30 horas del día siguiente”.

“Quedan exceptuados del cumplimiento de la presente limitación horaria el personal afectado a actividad esencial, a los fines de la actividad que desarrollan”, completa.

- Eventos sociales: acerca de las condiciones para poder llevar adelante eventos culturales, sociales, recreativos, deportivos y de cualquier otra naturaleza, se establece que “se podrán ejercer de manera responsable actividades y eventos artísticos, recreativos, sociales, culturales, deportivos y de cualquier otra naturaleza, en espacios abiertos o cerrados, individuales o grupales, prohibiéndose su realización con concurrencia o presencia de más de 10 personas”.

-No alcanza a las escuelas. Como excepción a dicha limitación, se mantiene el funcionamiento de las actividades en los tres niveles en los establecimientos educativos de Chubut.

Dicha actividad “se deberá desarrollar dando  cumplimiento estricto a los protocolos aprobados por la autoridades provinciales competentes. No podrán realizarse las actividades si  se  encuentran  alcanzadas  por  las  prohibiciones establecidas en el artículo 8º del DNU 125/21 prorrogado por DNU 168/21, y 13 de la presente norma”.

“Previa evaluación del Ministerio de Salud de las actividades ya autorizadas y en base a la evolución epidemiológica que se verifique, se podrá restringir la continuidad y los alcances de las actividades, o ampliarlas hasta el límite previsto en la norma nacional, por Resolución conjunta de los señores Ministros de Salud y de Gobierno y Justicia”, concluye.

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