Este jueves, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) volvió a postergar el plazo para presentar la deducción de Ganancias. Así lo confirmaron a través de la Resolución General 5514/2024. En este marco, recordaron que la modificación tiene como “único objetivo de favorecer a los trabajadores”.

De otra forma, “los empleados en relación de dependencia deberían abonar el impuesto que no fue cobrado el año pasado”, explicaron en el documento.

De esta manera, dieron a conocer la nueva fecha límite, que será hasta el próximo 30 de junio de 2024, inclusive. De la misma manera, contarán con este mismo plazo, aquellos trabajadores que presenten percepciones a favor, debido a gastos en el exterior.

La nueva fecha límite, de deducción de ganancias será hasta el próximo 30 de junio de 2024 inclusive Foto: Archivo

En la resolución, señalaron que “los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 30 de junio de 2024, inclusive”.

Cabe recordar que, tras obtener el dictamen en el Senado para la ley de Bases, se han establecido importantes modificaciones en la política tributaria. 

“En ese contexto, este Organismo implementó medidas acordes con los plazos parlamentarios para el dictado de las leyes, considerando, a su vez, su impacto en la liquidación anual de dicho tributo”, agregaron.

Cabe recordar que para poder realizar la deducción de ganancias, cada trabajador registrado debe completar el formulario 572 del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos. Además, es necesario contar con el CUIT y la clave fiscal correspondiente, para poder hacer el trámite.

  1. Ingresar a AFIP. Colocar CUIT y clave fiscal.
  2. Entrar a SIRADIG trabajador.
  3. Luego se abrirá el formulario 572 y el sistema mostrará los períodos fiscales disponibles.
  4. En el menú, elegir el período 2023.
  5. Luego, se abrirá un nuevo borrador para realizar la declaración jurada.
  6. En el caso de tener cargas de familia (hijos menores de 18 años o cónyuge) confirmar los datos correspondientes.

Asimismo, también se pueden cargar diversas deducciones a lo largo del mes, por gastos que pueden aplicarse como servicios médicos; alquiler de vivienda permanente; seguros de vida; personal de casas particulares e intereses de préstamos hipotecarios.

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