Este miércoles, e l Gobierno Nacional oficializó la orden para que los supermercados señalicen  en las góndolas el producto más barato para cada categoría.

La decisión se formalizó  en relación a que entró  en vigencia lo reglamentado el pasado 12 de mayo por la Secretaría de Comercio Interior, a través de la Resolución 485, en la que se estableció la obligatoriedad de señalizar con una cartelería destacada el producto de menor precio por unidad de medida.

En la resolución 485 se reglamentó el inciso C) del artículo 7 de la Ley de Góndolas, que exige que los productos más baratos por unidad en cada góndola deben estar a altura equidistante entre el primer y el último estante, y determina que el valor no puede ser de "carácter transitorio".

Ya rige la Ley de Góndolas en todo el país

De esta forma, el precio más bajo no podrá surgir de ofertas, bonificaciones o descuentos de cualquier tipo.

A su vez, el producto más barato deberá estar exhibido con cartelería perpendicular a la góndola que indique la leyenda de "MENOR PRECIO por unidad de medida. Ley 27.545".

Desde la Secretaría de Comercio Interior, señalaron a Télam que "hoy efectivamente empieza a regir" la obligatoriedad y destacaron que ya "muchos supermercados lo tienen implementado". "Esto se pudo ver incluso en la recorrida de la semana pasada claramente en cartel en la góndola", indicaron.

Desde el Gobierno aseguran que con esta medida buscan profundizar el cumplimiento de los objetivos de la Ley de Góndolas, dando mayor transparencia a la comercialización de determinados productos. 

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