Desde octubre, todos los usuarios de servicios de luz y gas deben conocer si cumplen con los requisitos para acceder a la Tarifa Social, un beneficio que les permite obtener un importante descuento al momento de pagar sus facturas cada mes.

Cabe recordar que en los últimos meses la Secretaría de Energía de la Nación ha establecido un Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) en el que se pueden anotar todas las personas. En este marco, para comprobar si recibís el beneficio de la Tarifa Social, es importante llevar a cabo una serie de pasos en los sitios web oficiales de los entes reguladores.

Es un beneficio que les permite obtener un importante descuento al momento de pagar sus facturas cada mes
Es un beneficio que les permite obtener un importante descuento al momento de pagar sus facturas cada mes
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En el caso de la energía eléctrica, tendrás que visitar la página del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE). Allí encontrarás un formulario que te pedirá completar con tus datos personales y el distribuidor que te provee el servicio. Al hacer clic en "Consultar", el sistema te indicará si estás incorporado al régimen de Tarifa Social.

Por su parte, para verificar tu situación respecto al gas natural, deberás ingresar al sitio web del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS). En la sección "Regímenes de Beneficios", accede al "Registro de Beneficiarios de Tarifa Social" (RASE) y completa los datos requeridos. Nuevamente, el sistema te informará si sos beneficiario o no de este descuento.

Hay una serie de pasos claves para conocer si mantenes el subsidio
Hay una serie de pasos claves para conocer si mantenes el subsidio
Canal Doce Misiones

QUIENES PUEDEN RECIBIR LA TARIFA SOCIAL

  • Jubilados/as, pensionados/as o trabajadores/as en relación de dependencia cuyo ingreso mensual sea inferior a 2 salarios mínimos, vitales y móviles.
  • Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Titulares del servicio que posean Certificado de Discapacidad (CUD) otorgado por autoridad competente.
  • Monotributistas cuyo ingreso mensual sea inferior a 2 salarios mínimos, vitales y móviles.
  • Monotributistas sociales.
  • Beneficiarios/as del seguro de desempleo.
  • Titulares de programas sociales (excepto Programa Hogar).
  • Usuarios/as incorporados/as en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico.

Sin embargo, no podrán acceder a la Tarifa Social, aquellas personas que sean titulares de más de un inmueble, posean automotores con menos de 10 años de antigüedad (excepto con Certificado Único de Discapacidad) o sean propietarios de aeronaves o embarcaciones de lujo.

Con información de TN, intervenida por IA, bajo supervisión y edición de ADNSUR

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