Chau a la moratoria previsional: ¿Qué sucederá con las personas que adeuden aportes para jubilarse?
El Gobierno Nacional confirmó que no habrá prórroga para la moratoria previsional, que finalizará en marzo de 2025. Sin embargo, se conoció una importante noticia para un sector de la población. Aquellos que no logren completar los 30 años de aportes podrán acceder a nuevas alternativas para garantizar su seguridad económica en la jubilación.
El Gobierno Nacional confirmó que no se extenderá la actual moratoria previsional, que finalizará el 23 de marzo de 2025. Sin embargo, se conoció una importante noticia para un sector de la población.
A partir de esa fecha, las personas que se encuentren en una situación vulnerable y no puedan acceder a la jubilación por falta de aportes tendrán la opción de solicitar la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), un beneficio destinado a personas mayores de 65 años que no cumplen con los requisitos necesarios para obtener la jubilación.
QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A LA MORATORIA PREVISIONAL
El plan de moratoria está destinado a las personas que se encuentran en edad jubilatoria, pero que no han logrado reunir los 30 años de aportes necesarios para acceder a una jubilación completa. Los siguientes grupos podrán acceder a la moratoria:
- Mujeres de 60 años o más y hombres de 65 años o más, con períodos laborales registrados hasta 2008, pero sin los 30 años de aportes requeridos.
- Trabajadores en actividad, mujeres de 50 a 59 años y hombres de 55 a 64 años, que proyectan no alcanzar los años de aportes suficientes al momento de jubilarse.
Para aquellas personas que no puedan acceder a la jubilación debido a la falta de aportes, ANSES ofrece la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Este beneficio está dirigido a personas mayores de 65 años que no califican para una jubilación completa. La PUAM equivale al 80% de la jubilación mínima y proporciona cobertura médica a través del PAMI, así como acceso a asignaciones familiares.
CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A LA PUAM
- Tener 65 años o más.
- Ser argentino o naturalizado con al menos 10 años de residencia en el país antes de la solicitud, o, en el caso de extranjeros, contar con una residencia mínima de 20 años.
- No percibir ninguna jubilación, pensión ni seguro de desempleo. Si se recibe un beneficio similar, deberá renunciarse a él para iniciar el trámite.
- Mantener la residencia en el país después de solicitar la pensión.
Con información de BAE Negocios, redactada y editada por un periodista de ADNSUR
