Las propinas electrónicas quedarán exentas de un importante impuesto
Se trata de una medida que anunció el Gobierno Nacional y aplica a las cuentas especiales que reciban las propinas otorgadas por los clientes en los comercios.
Tras implementar la opción de realizar pagos de propinas mediante plataformas digitales, el Gobierno anunció que las cuentas que estén destinadas a este propósito no deberán abonar el impuesto sobre débitos y créditos, comúnmente referido como el impuesto al cheque.
A través del decreto 737/2024 se dispuso que quedarán alcanzadas por esta exención las “cuentas recaudadoras especiales a las que se refiere el artículo 6° del Decreto N° 731/24, utilizadas en forma exclusiva en la administración y operatoria de transferencias y pagos que constituyan propinas en los términos del citado Decreto”.
El nuevo sistema, que no reemplaza a la posibilidad de dejar propinas en efectivos, si obliga a que los comercios y establecimientos de los sectores gastronómicos, hoteleros y afines a habilitar medios para que los consumidores puedan derivar dinero desde una billetera digital.
El decreto aclara que las propinas no forman parte de la remuneración del trabajador, por lo que no podrán ser utilizadas como base para ajustar salarios ni estarán sujetas a retenciones.
A partir de ahora, estos negocios deberán ofrecer la opción de otorgar propinas a través de medios electrónicos, adaptándose así al creciente uso de dinero digital en el país.
Además, se estipula que los comercios deberán transferir las propinas recibidas a los trabajadores dentro de las 24 horas, sin aplicar descuentos.
El Banco Central y el Ministerio de Economía serán los encargados de supervisar el cumplimiento y dictar las normas complementarias necesarias para la correcta implementación de esta medida, que entrará en vigor a los 90 días de su publicación en el Boletín Oficial.
CÓMO SERÁ EL PAGO DE PROPINAS CON BILLETERA VIRTUAL
El dinero de la propina podrá ir en forma directa a una cuenta del trabajador involucrado o acreditarse en una cuenta del comercio, separada de la habitual para ser transferida a los trabajadores en un plazo de 24 horas, de forma digital o física, sin descuentos ni deducciones.
A partir de esta decisión, las empresas de servicios de cobro deberán facilitar a los comercios la opción de recepción de pago con propina para que los consumidores puedan añadir un monto a la cuenta. Los consumidores podrán escanear cualquier QR y pagar con la tarjeta de débito, crédito o billetera virtual que elijan.
La medida no generará ninguna obligación impositiva a los comerciantes ni será considerada parte de la relación laboral Los comercios, las tarjetas de débito y crédito y los medios electrónicos de pago no podrán realizar retenciones o percepciones de ningún tipo sobre las propinas.