Subieron las multas de tránsito y se pagaría hasta 2 millones de pesos en Comodoro
Será de un 25% en los primeros dos meses y de un 51,6% a partir de julio. Cuando se aprobó la tributaria anual en diciembre, se proyectó que habría actualizaciones a partir de la inflación medida por el INDEC, aunque algunos aseguran que no se podría hacer por resolución.
El valor de las infracciones municipales y trámites vinculados a habilitaciones o movimiento de abasto, aplicables por módulos definidos en la ordenanza tributaria anual de diciembre del año pasado, se actualizó en un 25% para los meses de mayo y junio, mientras que desde julio se elevará en un 51,6%, según dispone la resolución emitida por el Ejecutivo Municipal, para la Secretaría de Recaudación conducida por Luis Perea. Así, una multa por alcoholemia positiva ahora puede llegar hasta los 2 millones de pesos.
Una resolución que no estará exenta de polémica fue recientemente publicada en el Boletín Oficial Municipal, a partir de un mecanismo de actualización que quedó contemplado al momento de tratarse la ordenanza tributaria anual, en diciembre del año pasado.
Si bien la norma fue votada por la anterior conformación del Concejo Deliberante, algunos de los que estaban en aquel momento y que repitieron su mandato en este período no tenían presente (o al menos no lo recordaban al ser consultados este lunes) el mecanismo que quedó previsto para la actualización.
Según se lee en el artículo 60 de la ordenanza tributaria anual, bajo el número 17.127/23, en la que se establecieron los valores que rigen para el año 2024, quedó prevista la posibilidad de actualizar dichos montos. El texto de aquella norma expresa textualmente:
"El Poder Ejecutivo puede ajustar en los meses de mayo y noviembre el valor del módulo por el coeficiente que surja de la variación del índice de Precios al Consumidor que suministre el INDEC o el que lo sustituya en el futuro, correspondiente a los meses de enero a marzo, y de abril a septiembre del período fiscal en curso respectivamente".
Y a continuación añade: "El Poder Ejecutivo debe publicar en los meses de abril y octubre de cada año, los importes actualizados, los cuales son de aplicación a partir del 1 de mayo y del 1 de noviembre, según corresponda. Esta actualización no es aplicable a los impuestos automotor, impuesto inmobiliario, derecho de ocupante y tasas de higiene urbana".
Precisamente, las voces críticas que se escucharon, vinculadas a la gestión anterior, apuntan a que la norma dice que el Ejecutivo “puede ajustar”, pero no lo establece taxativamente, considerando además que por tratarse de una modificación impositiva, debería cumplirse el procedimiento previsto y normado por la Carta Orgánica Municipal. Es decir, un tratamiento en doble lectura en el Concejo Deliberante, con audiencia pública entre ambas.
Sin embargo, la interpretación desde el oficialismo actual es que la norma dejó abierta la vía para la actualización de los módulos por simple resolución del Ejecutivo, tema que podría incluir algún tipo de discusión legal a futuro.
A CUÁNTO SUBEN LOS MÓDULOS, ACTUALIZADOS POR INFLACIÓN
De acuerdo con la resolución emitida por el área de Recaudación, el valor módulo para los meses de mayo a junio debería actualizarse en un 51,2%, que es el monto resultante de la inflación acumulada entre los meses de enero a marzo, según los registros del INDEC para los primeros 3 meses del año.
Sin embargo, en la misma norma se aclara que en esta etapa se aplicará un primer coeficiente del 25%, mientras que el restante 26,2% quedará sin aplicarse. Así lo establece la resolución:
“En virtud del difícil contexto socio económico a nivel nacional, provincial y municipal, el saldo de actualización remanente de un 26,62% (veintiséis coma sesenta y dos por ciento) quedará sin aplicación para los meses de Mayo a Junio del periodo fiscal 2024”.
Luego, para el período julio a octubre inclusive, se determina la aplicación del coeficiente total, es decir del 51,2%, tomando como referencia el valor vigente al mes de enero.
De este modo, el valor del Módulo Impositivo de mayo se incrementará a $1,31, cuando desde enero a abril era de 1,05. Este valor es el que rige para normativas vinculadas a Rentas, Abasto y/o Habilitaciones Comerciales o módulo de Ingresos Brutos.
Por otra parte, se actualizan también los valores vinculados a la ordenanza 10.307 (emergencia del agua y sanciones por uso inapropiado), que se establece en $67,97, cuando en diciembre se había fijado en $54,38.
Valor del Módulo del Sistemas de Estacionamiento Medido (SEM) en $ 7,81, cuando en los primeros meses del año se había fijado en $6,25.
En todos los casos, el valor se incrementa en un 25% por los próximos 2 meses, quedando el segundo incremento previsto para el período de julio a octubre.
EL IMPACTO EN LAS MULTAS DE TRÁNSITO
Tal vez uno de los efectos más fácilmente visibles de los nuevos valores se vea reflejado en las sanciones por infracciones de tránsito. El módulo base para las normativas vinculadas a este tópico era de $11,50, pero a partir de la suba del 25% para este bimestre, pasará a valer $14,37 (aplicable a la Ordenanza 3425/89).
Así por ejemplo, una infracción por estacionar sobre ochava, que contempla multas de 1.000 a 10.000 módulos, pasaría ahora desde un mínimo de $11.500 y un máximo de $115.000, hasta montos de $14.370 y $143.700, respectivamente.
En las penalizaciones más graves, como la alcoholemia positiva, el valor del módulo se incrementa desde los actuales $16,10 hasta un valor de $20,12. De ese modo, el mínimo de 40.000 módulos se elevará a $840.000 a un máximo de $2.000.000 entre mayo y junio.
Si se considera lo que subirá a partir de julio, cuando empiece a regir la suba del 51,2% sobre los montos de enero, entonces las penalizaciones se elevarán desde $976.000 hasta los $2.445.000, aproximadamente.
Otra de las infracciones graves es el cruce de semáforo en rojo, que en la ciudad ahora se controla también mediante foto multas. A partir de ahora, el valor de la sanción será casi $131.000, a partir de la conversión de los 6.500 módulos, a valor de $20,12. Esta misma sanción se aplica a quienes incurren en exceso de velocidad.