El Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de Neuquén, Río Negro y La Pampa, denunció que numerosas empresas del sector aplicaron de manera incorrecta y excesiva el Impuesto a las Ganancias en los sueldos correspondientes al mes de julio. La denuncia fue presentada ante la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, subrayando un conflicto laboral grave y la responsabilidad directa de las cámaras empresarias CEPH y CEOPE.

En un comunicado emitido este viernes, el sindicato expuso que la aplicación irregular de la nueva ley, sin actualizar el valor de la devolución conforme al artículo 65 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 637/11, resultó en salarios significativamente inferiores a los esperados. Esto, según el gremio, causó una grave desestabilización económica en numerosas familias de trabajadores petroleros.

El sindicato destacó que las cámaras empresariales violaron principios fundamentales de integridad y protección de las remuneraciones, afectando los derechos de propiedad privada de los trabajadores. Además, se subrayó la urgencia de convocar a las cámaras empresarias para tratar y solucionar de inmediato el impacto negativo que la aplicación del impuesto ha generado sobre los salarios.

El sindicato manifestó su preocupación por el impacto regresivo de la nueva normativa y afirmó que cualquier reducción salarial derivada de la misma deberá ser compensada por los empleadores del sector hidrocarburífero. Esta postura ya ha sido defendida en diversas audiencias ante la autoridad administrativa del trabajo.

Asimismo, el gremio advirtió que adoptará "las legítimas medidas de acción sindical necesarias" para proteger los salarios de sus afiliados, demostrando así su determinación en la defensa de los derechos de los trabajadores.

Cabe recordar que la mayoría de los trabajadores petroleros quedaron exceptuados del pago del Impuesto a las Ganancias según la normativa aprobada y reglamentada en julio por el Gobierno nacional. La ley establece que solo los trabajadores con sueldos brutos de 1,8 millones de pesos (solteros) y 2,2 millones de pesos (casados) deberán pagar el impuesto.

El personal considerado "personal de pozo", involucrado en actividades específicas de exploración y producción de hidrocarburos, está exento del tributo. Sin embargo, esta excepción no aplica a personal administrativo ni a aquellos en puestos directivos, ejecutivos o gerenciales en empresas del sector.

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