En la mañana de este martes, se dio comienzo al juicio por el homicidio de Alexis Cuevas, en el transcurso de las exposiciones se presentaron los alegatos iniciales de las partes y luego los testimonios de seis personas.

Según informaron fuentes oficiales, el tribunal de debate fue presidido por Daniela Arcuri, e integrado por Mariel Suárez y Alejandro Soñis mientras que el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Camila Banfi, fiscal general.

En tanto, la defensa de Muñoz fue ejercida por Guillermo Iglesias, defensor particular  y la de Bustamante por Cristina Sadino, defensora pública.

La fiscal, en su teoría del caso, aseguró que conseguirá probar a lo largo del debate el homicidio de Alexis Cueva, ocurrido el pasado 23 de noviembre de 2019, entre las 18 y las 22:30 horas, momento en que Renzo Fernando Muñoz, Leonardo David Bustamante y un testigo, se encontraban reunidos en la casa de Bustamante, ubicado en Los Nogales al 800 de esta ciudad, cuando llegó la víctima Alexis Esteban Cueva, quien se quedó con ellos compartiendo unas bebidas.

En un momento dado, cerca de las 22.30 del mismo día, se retiran del lugar Muñoz, Bustamante y Cueva  y se suben a un vehículo Fiat Punto, propiedad de Leonardo Bustamante, y por motivos que a la fecha se desconocen, entre las 22.30 horas del 23 de noviembre de 2019 y las 13 horas del 28 de noviembre de 2019, Muñoz y Bustamante apuñalaron a Cueva, mediante el uso de un arma blanca, dándole siete puntazos en el cuello, los que provocaron la muerte de Alexis Cueva.

Después de esa escena, ambos imputados trasladaron el cuerpo de Cueva en el vehículo mencionado anteriormente, y lo arrojaron en inmediaciones del Arroyo La Mata, ubicado en el camino Juan Domingo Perón, a la altura de la puerta 4 que da ingreso al Autódromo General San Martin de esta ciudad.

En ese mismo lugar, fue hallado el día 28 de noviembre, resultado de los rastrillajes efectuados por la policía provincial, los cuales se llevaron a cabo debido a la investigación iniciada por la denuncia de desaparición de persona realizada por la madre de la víctima, el día 25 de noviembre de 2019.

El ilícito está calificado jurídicamente como “homicidio simple”, en calidad de “coautores” para ambos imputados. Refiriéndose finalmente a una “coautoría funcional” de ambos imputados en el hecho.

El defensor de Muñoz refirió a su teoría del caso positiva, “mi defendido no participó en el acometimiento del hecho”. Su teoría es que Muñoz no participó activamente del hecho, el acometimiento es de Bustamante, su defendido no brindó ayuda a la víctima; si colaboró en el ocultamiento del cuerpo, expresó el defensor.

Seguidamente la defensora de Bustamante en su teoría negativa del caso argumentó que “el Ministerio Público Fiscal no va a poder probar la autoría de Bustamante en el hecho”.

Luego se escuchó la palabra de los primeros seis testigos del caso, la madre y hermana de la víctima sobre la personalidad del mismo y su actividad el día que no responde más su celular. Asimismo prestó testimonio un subcomisario por entonces responsable del área de Búsqueda de personas quién describió la tarea de averiguación de paradero de la víctima, luego de que su madre realizara la denuncia.

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