RAWSON (ADNSUR) - Este jueves a las 10 horas, la Cámara Penal de Trelew, conformada por los magistrados Alejandro De Franco, Roberto Barrios y Daniel Pintos, iniciará la audiencia referida a la sonada causa “La Manada de Chubut”, que fuera motivada por una impugnación por el fiscal de Rawson, Fernando Rivarola, ante la resolución del juez Marcelo Nieto de Biase de rechazar el acuerdo de partes para llegar a un juicio abreviado.

El caso, que tuvo rebote nacional a raíz de la frase “desahogo sexual” empleada por el propio Rivarola, está vinculado a una denuncia por abuso sexual agravado que la propia víctima hizo ocho años después del hecho, sucedido en el marco de los festejos del Día de la Primavera en una vivienda de Playa Unión en septiembre de 2012, destacó diario Jornada. 

EL RECHAZO

De Biase había rechazado la alternativa de un “juicio abreviado” para tres de los seis acusados del delito -los otros tres ya fueron sobreseidos-, que tras aceptar su responsabilidad recibirían una pena de tres años de prisión en suspenso, sin aplicación efectiva y una reparación económica para la víctima. En ese sentido, el magistrado cuestionó esa reparación económica, no obstante que todas las partes involucradas estaban de acuerdo.

"La Manada de Chubut": este jueves se realiza la audiencia de impugnación

De hecho, tras rechazar el acuerdo había dicho: “Me resulta repugnante aceptar un acuerdo económico por detrás, porque eso es convalidar que haya una justicia para ricos y una para pobres”.

IMPUGNACIÓN 

Tal cual lo había anticipado, el fiscal Fernando Rivarola presentó la impugnación a la resolución del 9 de junio que rechazara ese acuerdo de juicio abreviado propuesto por la Fiscalía, los imputados y sus defensores. Tras conocerse el rechazo del juez Marcelo Nieto Di Biase, el Ministerio Público Fiscal capitalino aseguró que el juez ”se apartó de la ley” y que “vulneró el derecho de la víctima a ser oída y que su opinión sea considerada”.

FALACIA

En la impugnación del fiscal Fernando Rivarola se expresa que la decisión de Nieto Di Biase “contiene una falacia demagógica; se entromete en el ámbito de decisiones del titular de la acción; genera un perjuicio sin dar a las partes la posibilidad de defenderse; carece de perspectiva de género; y es discriminatoria”, señaló la parte.

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