"Me desperté y ya había pasado": la aberrante excusa de un hombre acusado de abuso en la Patagonia
El hombre había sido absuelto tras alegar que actuó en estado de sonambulismo, pero la sentencia fue revocada y ahora deberá cumplir su condena.

En un fallo que marca un precedente en la justicia rionegrina, el Tribunal de Impugnación revocó la absolución de un hombre acusado de abuso sexual y lo declaró culpable. El caso ocurrió en una localidad del Alto Valle y llegó a juicio en la ciudad de Roca.
El acusado, quien convivía con la niña de 10 años, reconoció el contacto físico, pero argumentó que se encontraba en estado de sonambulismo y, por lo tanto, no era consciente de sus actos. En noviembre de 2024, el Tribunal de Juicio le dio la razón y lo absolvió por "duda razonable".
Un alegato sin sustento
La Fiscalía apeló la decisión y cuestionó la valoración de la prueba. Uno de los elementos clave fue que, después del abuso, el hombre se despertó, encendió la luz y pidió disculpas. Para los jueces, este comportamiento indicaba que sí tenía conciencia de lo sucedido.
Además, ningún testigo pudo confirmar que el acusado sufriera episodios de sonambulismo en la adultez. Si bien se acreditó que los había tenido en la infancia, ni su expareja ni su padre, con quienes convivió, declararon haber visto algo similar en los últimos años.
Otro punto clave fue el análisis de la perito en psicología que declaró a favor de la defensa. Durante el juicio, la especialista afirmó que los hechos podrían haber ocurrido durante un episodio de sonambulismo, pero luego su testimonio se debilitó. La experta admitió que este trastorno es mucho más frecuente en la niñez y que haberlo padecido en esa etapa no implica que persista en la adultez.
Además, el propio acusado cayó en contradicciones. Primero, le dijo a la niña que había tenido un sueño, pero luego, en el juicio, sostuvo que estaba sonámbulo, cuando ambos estados no son compatibles.
Culpable y a la espera de la pena
Con todos estos elementos, el Tribunal de Impugnación resolvió revocar la absolución y declarar culpable al acusado por abuso sexual simple agravado por el vínculo y por haber sido cometido contra una menor de 18 años aprovechando la convivencia preexistente.
Ahora, el caso regresará al Foro de Jueces y Juezas de la Segunda Circunscripción, donde se definirá la pena que deberá cumplir el condenado.