Abuso sexual dentro de la Municipalidad: absolvieron Juan Khouri por el "beneficio de la duda"
El ex funcionario municipal estaba imputado por "abuso sexual gravemente ultrajante". Este viernes el juez dictó su sentencia y resolvió absolverlo, fundamentando su decisión en innumerables contradicciones entre el relato de la víctima, los testigos y la evidencia.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Este viernes el juez Jorge Odorisio dio a conocer su fallo en el juicio que se desarrolló durante los últimos días y que tenía como imputado al ex funcionario municipal Juan Khouri. En la sentencia, el magistrado señaló una falta de coherencia externa en el relato de la víctima y de un sin número de contradicciones entre lo dicho por la víctima, algunos de los testigos y alguna evidencia que fue producida en el debate, por lo que decidió absolver a Khouri por el beneficio de la duda. El fiscal adelantó que solicitará la impugnación de la sentencia.
El ilícito ventilado en el juicio habría sido cometido en Comodoro Rivadavia el pasado 23 de marzo de 2017, cuando Khouri se desempeñaba como Subsecretario de Economía de la Municipalidad de Comodoro. Asimismo, el escenario habría sido la oficina que ocupaba en el edificio municipal, cuando la víctima concurrió por una entrevista de trabajo. Según consta en el expediente, una vez concluida la entrevista laboral, cuando la víctima se disponía a retirarse, Khouri aprovechando que se encontraba a solas con la víctima, de manera sorpresiva se abalanzó sobre la misma, la tiró sobre un sillón y le dijo que lo volvía loco. Inmediatamente, el imputado obligó a la víctima a que le practicara sexo oral. Luego ésta vomita en un tacho de basura negro de la oficina del lugar.
En la pasada audiencia de alegatos el fiscal solicitó se declare penalmente responsable al imputado del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante”, al igual que la querella; en contraposición el defensor requirió su “absolución”.
En su fallo el juez Odorisio resolvió absolver al imputado por el beneficio de la duda. Asimismo en sus fundamentos el juez señaló una falta de coherencia externa en el relato de la víctima y de un sin número de contradicciones entre lo dicho por la víctima, algunos de los testigos y alguna evidencia que fue producida en el debate. Concluyendo, en concordancia con el argumento de la defensa, que ha existido una fragmentación del cuerpo de prueba y con ello concluyó en un estado de duda que beneficia al imputado.
El fiscal adelantó que luego de la notificación de las partes de la sentencia íntegra, con sus fundamentos, presentará una impugnación extraordinaria en el tiempo procesal que corresponda.
Presidió el acto como tribunal unipersonal Jorge Odorisio, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Martín Cárcamo, fiscal general y Lorena Garate, funcionaria de fiscalía; la querella fue ejercida por Eduardo Stepa; en tanto que Guillermo Iglesias actuó en defensa del imputado como abogado particular. Asimismo se hizo presente la víctima acompañada por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del delito (SAVD).