RAWSON (ADNSUR) – La Cámara de Apelaciones de Trelew rebajo, de manera parcial, a cuatro años la prisión para Oscar Naya por la muerte del adolescente Emmanuel Pires, quien falleció de un disparo en Playa El Sombrerito a fines de 2014. Los jueces por decisión unánime rechazaron la mayoría de las objeciones a la sentencia original que correspondía a cuatro años y ocho meses de prisión.

La resolución de los camaristas se conoció este viernes en el de Tribunales de Trelew, ante la presencia de un nutrido grupo de familiares y amigos de la víctima. Oscar Romero, defensor de Naya, el único imputado por la muerte del adolescente Pires, había insistido ante tres jueces la posibilidad de rebajar la pena impuesta por el juez de garantías José  García de cuatro años y ocho meses de prisión por el delito de homicidio culposo, pena que Naya viene cumpliendo en la Alcaidía de Trelew. Este jueves se conoció la resolución de los tres camaristas, informó el Ministerio Público Fiscal.

La querella que representa a la familia de la víctima a través del abogado Carlos Villada, habían insistido en que se mantenga la imposición de la pena dispuesta en su momento por el juez García.

Por unánime decisión los jueces Adrián Barrios, Alejandro Defranco y Daniel Pintos, rechazaron la mayoría de las objeciones a la sentencia original (cuatro años y ocho meses) pero coincidieron en tres de los planteos realizados por la defensa del imputado, por lo que resolvieron una pena de 4 años de prisión. De manera informal tanto la defensa representada por Oscar Romero y la querella representada por Juan Carlos Villada, anticiparon plantear las respectivas disconformidades ante el Superior Tribunal de Justicia.

Las comparaciones que realizó el defensor Romero respecto de sentencias más leves para calificaciones similares  en las que abundó en ejemplos de accidentes de tránsito con víctimas fatales caratuladas como homicidios culposos, no prosperaron a criterio de los tres camaristas. Coincidieron también con el juez José García en que el movimiento de personas y vehículos en la zona del hecho constituyó un agravante, como así también “la extensión del daño causado”, entre otros aspectos en los que los camaristas coincidieron con el juez natural de la sentencia.

Sin embargo en disidencia con la querella, los jueces Barrios, Defranco y Pintos afirmaron que la condición de ex policía de Naya no constituye un agravante para la conducta del imputado,  como así también el poder de fuego del arma utilizada.

Cabe recordar que Villada ya había realizado una impugnación ante el Superior Tribunal de Justicia. El querellante en representación de la familia de la víctima pretende un cambio de calificación, pasar de “homicidio culposo” a homicidio con dolo eventual” que  prevé una pena más severa.

EL CASO

El hecho se produjo una playa  distante, a unos 7 kilómetros al norte de Playa Unión, cuando los imputados se hallaban cazando guanacos con un fusil. Fue el  9 de diciembre del 2014. Emmanuel Puebla Pires de 16 años fue alcanzado por una bala que le causó la muerte instantánea. El proyectil fue disparado por Oscar Naya, que se hallaba cazando con su hijo Eduardo a más de 700 metros de distancia, lejos de la vista de los adolescentes y de los mismos cazadores, tal como quedó acreditado en el juicio oral y público.

ADNSUR está certificado por CMD Certification para la norma CWA 17493 de JTI, octubre 2024-2026. Ver más
¿Querés mantenerte informado?
¡Suscribite a nuestros Newsletters!
¡Sumate acá 👇🔗!
Recibí alertas y la info más importante en tu celular

El boletín diario de noticias y la data urgente que tenés que conocer