María Ojeda fue encontrada asesinada el 23 de julio de 2021, en su casa en el barrio de Máximo Abásolo. La policía informó que la víctima estaba “maniatada y asfiaxiada” y señaló en su momento como presunto autor del homicidio a un hombre oriundo de La Pampa, a quien le confirmaron las sentencias el pasado 6 de marzo por homicidio en ocasión de robo.

Los jueces de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia provincial Alejandro Panizzi, Esteban Báez y Ricardo Napolitani confirmaron las sentencias del tribunal de debate y de la Cámara en lo Penal de Comodoro en contra de Leonardo Rodríguez por el homicidio en ocasión de robo de María Ojeda Corbett, acontecido el pasado 23 de julio de 2021.

La causa fue remitida por los jueces de Cámara al Superior Tribunal de Justicia “en consulta” por el monto de la pena impuesta que supera los 10 años de prisión.

La víctima, María Ojeda Corbett, murió de un infarto el 23 de julio de 2021, luego de que Leonardo Rodríguez la maniatara y asfixiara para robarle, en su vivienda de barrio Máximo Abásolo.
La víctima, María Ojeda Corbett, murió de un infarto el 23 de julio de 2021, luego de que Leonardo Rodríguez la maniatara y asfixiara para robarle, en su vivienda de barrio Máximo Abásolo.

La causa fue investigada, llevada a juicio y sostenida ante la Cámara en lo Penal por el fiscal general Cristian Olazabal. Cabe recordar que Rodríguez se encuentra detenido desde el pasado 29 de julio de 2021 al culminar de la audiencia de control de detención del caso. Luego el tribunal colegiado de juicio, integrado por los Dres. Tedesco, Soñis y Cosmaro, en abril de 2023 condenó a Rodríguez a 14 años de prisión, como autor responsable del homicidio en ocasión de robo de María Ojeda Corbett. 

Luego, según informó el Ministerio Público Fiscal, la defensa interpuso una “impugnación ordinaria” al fallo y el 23 de agosto de 2023 la Cámara en lo Penal local hizo lugar parcialmente al pedido de la defensora, confirmando el fallo de primera instancia y readecuando la pena en 10 años y 6 meses de prisión. Así la causa adquirió el doble conforme, es decir la condena en primera instancia y la confirmación de la Cámara.

De este modo, los jueces del Superior Tribunal de Justicia entendieron que “la materialidad de lo sucedido, y la autoría en cabeza de quien ha sido traído a proceso, quedaron establecidas más allá de toda duda razonable. El razonamiento de los jueces "ha sido inobjetable”. 

Finalmente, respecto del monto de la pena según “los camaristas, solo los antecedentes criminales (que se proyectaron, además, en la declaración de reincidencia por cuarta vez conforme el artículo 50 CP), podían ser considerados como una pauta agravante del reproche. Las restantes circunstancias (en especial, la violencia que el acusado ejerciera sobre la víctima), ya habían sido tenidas en cuenta al momento de subsumir legalmente el hecho”. 

Por lo cual entendieron que los 10 años y seis meses de prisión “es una sanción acorde con el contenido del injusto achacado, con la capacidad de culpabilidad del imputado, y con los parámetros establecidos en la ley de fondo (Código Penal de la Nación, artículos 40 y 41)”.

EL CASO

El hecho llevado a debate debate ocurrió el  23 de julio de 2021, aproximadamente a las 19:05 hs., cuando el imputado Leonardo Sebastián Rodríguez llega caminando al domicilio de la víctima, María Ojeda Corbett, en la calle Huergo al 4.500, e ingresa al mismo trepando un paredón. 

Luego, toma dos cordones y golpea la puerta de la víctima, quién le abre -ya que lo conocía- porque concurría a la casa de sus inquilinos, primos de Rodríguez. Ingresa al domiciñio y le ata las manos en la espalda, le coloca una media en su boca y la deja boca abajo inmovilizada. De esta manera, robó una determinada cantidad de dinero y dejó a la víctima en la posición que se encontraba, salta el paredón y se escapa. 

A raíz de ello María Ojeda Corbett, murió producto de un infarto agudo de miocardio.

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