Las juezas Raquel Tasello y Daniela Arcuri de Comodoro Rivadavia, confirmaron la decisión judicial del juez Alejandro Rosales, respecto de la aplicación de la prisión preventiva, por el plazo de tres meses, contra un sujeto de cincuenta y siete años, imputado como presunto autor del delito de abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por el encargado de la educación y en contexto de la ley de protección integral contra la mujer.

Por unanimidad, las magistradas, sostuvieron, que ante el incumplimiento de las medidas cautelares (el imputado llamó por teléfono a la víctima, y permaneció estacionado a bordo de su auto, en inmediaciones del establecimiento educativo al que asiste la menor), corresponde confirmar la decisión adoptada por el juez penal de Sarmiento. En consecuencia, el acusado, deberá permanecer en prisión preventiva, hasta el próximo 26 de agosto.

En la audiencia de revisión, el abogado Marcelo Catalano, del Ministerio de la Defensa Pública, informó que el pedido de revisión, de la decisión adoptada por el juez Rosales, se fundamenta en la consideración, de que esa resolución judicial, está atravesada por la arbitrariedad.

Luego, repasó las acciones de su asistido, desde el inicio del proceso penal en su contra. En este sentido, destacó la decisión, que las magistradas adoptaron en una audiencia de revisión, realizada el 26 de noviembre del año pasado, en la que el tribunal, resolvió morigerar las medidas de coerción de prisión domiciliaria, impuestas contra su asistido. También, mencionó la confirmación de esta decisión, en un acto judicial que tuvo lugar en febrero de 2022.

En este orden de ideas, Catalano, aseguró que el imputado, mantuvo siempre la misma conducta ante el proceso. Después, se refirió a los fundamentos presentados por la fiscal Rita Barrionuevo, respecto a la video llamada, que el imputado realizó a la víctima. También, se expresó sobre la denuncia de la madre de la menor, donde se indicó que el sospechoso, habría permanecido estacionado a bordo de su vehículo, en inmediaciones del establecimiento educativo, al que asiste la adolescente.

En este marco, Catalano, consideró que los hechos, son los que deben determinar las situaciones que se deben cautelar. A ello, agregó, que no hubo situaciones que pusieran en peligro de vulnerabilidad de las medidas impuestas por el tribunal.

Por último, el representante de la Defensa Pública, peticionó que revoque la medida de prisión preventiva impuesta a su asistido. De manera subsidiaria, propuso que el imputado permanezca bajo la modalidad de prisión domiciliaria.

A su turno, la representante de Fiscalía, indicó que, en la primera etapa procesal, la situación del imputado era diferente, en función de que no había intentado acercarse a la víctima. Asimismo, mencionó las consecuencias que tuvo la video llamada, para el grupo familiar de la víctima.  

Así las cosas, consideró que la resolución del juez Rosales, sobre la prisión preventiva de efectivo cumplimiento, fue fundada en hecho y en derecho. Luego de un cuarto intermedio, las juezas informaron su resolución. Por unanimidad, las magistradas, entendieron que la decisión adoptada por Rosales, no adolece de arbitrariedad.

En este contexto, destacaron la orden de prohibición de contacto por toda vía (incluyendo redes sociales) y acercamiento del imputado hacía la víctima. Ante el incumplimiento de las medidas cautelares, (el llamado por teléfono y la presencia del acusado, en inmediaciones de la escuela) el tribunal revisor, decidió rechazar el planteo de la defensa y confirmar en todos sus términos la resolución adoptada por el juez Rosales.

El caso

 Los investigadores, indicaron que el primer hecho de abuso, ocurrió durante el mes septiembre de 2020, en una oficina de un centro comunitario ubicado en el barrio “Parque 21 de junio”.

En tanto, en octubre de ese mismo, el imputado, agredió nuevamente a la menor de edad. En esa ocasión, el ataque se registró en el domicilio de la víctima.

Asimismo, la fiscalía, sostiene que, en noviembre de 2020, el agresor, utilizó su vivienda, para atacar por tercera vez a la adolescente.   

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