La tranquilidad de una comunidad educativa se vio interrumpida cuando una adolescente confesó a un tallerista que sufría acoso digital y físico por parte de un compañero. La situación escaló rápidamente cuando la madre de la joven presentó una denuncia detallando los episodios: mensajes de contenido sexual explícito, envío de fotos inapropiadas y una agresión física ocurrida durante una actividad escolar.

El relato de la víctima, que mencionó además que otras estudiantes habrían pasado por situaciones similares, despertó la alarma en las autoridades judiciales, quienes actuaron con rapidez para evitar más daños.

Las medidas judiciales: proteger a la víctima, frenar al agresor

En un fallo de urgencia, la jueza interviniente prohibió al acusado acercarse a menos de 200 metros de la joven. Esta restricción incluye su domicilio, el colegio y cualquier lugar de concurrencia habitual. Además, se le prohibió todo tipo de contacto con la adolescente, ya sea en persona o a través de medios digitales.

La medida, que tendrá una vigencia inicial de 160 días, incluye una advertencia tajante: cualquier violación será considerada un delito penal bajo el artículo 239 del Código Penal.

El rol de las autoridades educativas

Dado el vínculo escolar entre las partes, la jueza ordenó al establecimiento educativo implementar acciones específicas para proteger a la joven. La Supervisión del Nivel Secundario y el Consejo Provincial de Educación recibieron instrucciones de garantizar la seguridad de la víctima en el ámbito escolar, evitando cualquier interacción con el acusado.

Asimismo, se destacó la importancia de resguardar estrictamente la identidad de la adolescente y establecer medidas preventivas que puedan evitar casos similares en el futuro.

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