Este viernes por la mañana, se llevó a cabo en los tribunales penales del barrio Roca una nueva jornada de debate por "lesiones leves agravadas, desobediencia y amenazas en contexto de violencia familiar", que tiene como imputado a Emanuel Caruso, con la declaración de testigos de cargo.

En la fecha se concluyó con los testigos propuestos por la parte acusadora, en tanto que para el próximo lunes se prevé continuar con los de la defensa. El próximo martes 19 del corriente mes se estima concretar la audiencia de alegatos finales de las partes.

El debate es presidido por Martín Cosmaro, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Banco, fiscal general; en tanto que la defensa de Caruso es ejercida por Ariel Quiroga, abogado de la Defensa Pública. Asimismo, la víctima es acompañada por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD) de fiscalía.

DE QUÉ SE ACUSA A EMANUEL CARUSO

El primer hecho imputado data del mes de octubre de 2019 cuando el imputado concurre al domicilio de su ex pareja y le arroja piedras al techo desobedeciendo una prohibición de acercamiento dictada por una Jueza de Familia.

El segundo hecho cuando la víctima transitaba a bordo de un vehículo, conducido por Caruso, éste la empieza a insultar y a decirle que descienda del vehículo, aplicándole golpes de puño a la víctima que le provocó lesiones leves. Cuando un testigo se acerca, Caruso le refiere a la víctima “mira lo que te hiciste, vamos al Hospital”.

El tercer hecho acontece en abril de 2020 cuando Caruso vulnerando una prohibición de acercamiento y contacto dictada por una jueza penal, hizo una llamada al celular del hijo de la víctima, que era utilizado por ambos, y cuando la víctima atiende es amenazada de muerte por Caruso. Éste expresa celos y asimismo “te voy a cortar en pedacitos, te voy a enterrar en el campo y nadie te va a encontrar”.

El cuarto hecho se produce cuando Caruso pasa frente al domicilio de su ex pareja, vulnerando nuevamente una prohibición de acercamiento dictada por una jueza penal. Estos hechos fueron calificados legalmente como “lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, desobediencia a la autoridad, tres hechos, dos de ellos en concurso ideal con amenazas simples, todos ellos en concurso real”, en calidad de autor para Caruso.

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