El apartamiento del juez Otranto deja la causa ante una inevitable pausa
Será por varias semanas mientras el nuevo magistrado conozca el expediente.
ESQUEL- Hacia Rawson, a 622 kilómetros de esta ciudad, se trasladan por estas horas los 13 cuerpos de la acción habeas corpus para encontrar a Santiago Maldonado. Una investigación sideral de 50 días y 2600 fojas que llevó adelante el juez Guido Otranto, con 250 horas grabadas de audiencias, 40 gigas de imágenes, videos y audios, que deberán volver a analizarse, junto con al menos 40 informes internos y personalizados sobre gendarmes y un sinnúmero de diligencias periciales cuyos resultados restan conocerse aún.
Si bien la fiscal Silvina Ávila seguirá investigando el expediente de desaparición forzada, la pesquisa para encontrar al joven entra ahora en una pausa inexorable por al menos varias semanas.
Se necesitarán horas de estudio pormenorizado para consustanciarse con los dichos y contradicciones de los más de 30 testigos hasta poder reanudar nuevas medidas de prueba. Otras tantas también para interrogar con eficacia a los jefes de la Gendarmería, cuyas testimoniales estaban pautadas para esta semana.
Como sucede con las causas resonantes, siempre politizadas de la Argentina, en las que pocas veces se dirime el fondo de la cuestión, descifrar el enigma del caso Maldonado supone un desafío mucho mayor: que el nuevo magistrado logre sortear las enormes presiones de múltiples actores, derivadas de un hecho extremadamente sensible, lacerante para la familia del joven tatuador y comprometedor para el Gobierno.
Difícilmente se llegue a las elecciones de octubre con el enigma esclarecido sobre qué fue lo que verdaderamente ocurrió con el joven en la vera del río Chubut el 1° de agosto.
Entre el cúmulo de gravísimas acusaciones hacia el juez Otranto, que promovieron su recusación, la Cámara de Apelaciones puso blanco sobre negro.
Convalidó sólo un argumento para apartarlo de sendas causas: la presunción -o el temor- de la familia Maldonado de que existió un adelantamiento de opinión o prejuzgamiento sobre un hecho que todavía es objeto de investigación.
Ese temor de las partes -señaló el fallo- se suscitó a raíz de una entrevista del magistrado con LA NACION, y los jueces al referirse a las partes hicieron una clara alusión a que la sospecha proviene de la familia y no es compartida por los camaristas que juzgaron su actuación. Por ello, le dieron la razón a Otranto en relación con los argumentos que el magistrado esgrimió para rechazar ambas recusaciones.
En esa línea, el tribunal superior refutó la creencia de que el juez hubiera ejercido una "enemistad manifiesta" hacia la querella, como argumentó el CELS. Y negó que el magistrado se hubiera manejado con parcialidad en la investigación, como sostuvo la familia. Ni falta de honestidad intelectual o rigor para impartir justicia-dijo la Cámara-, puede endilgársele a Otranto.
Desestimó, además, un punto crucial, esgrimido por la abogada Verónica Heredia: el presunto conflicto de interés del magistrado por haber ordenado el despeje de la ruta 40 que derivó en la desaparición del joven cuando éste debía investigar a la fuerza que propició para tal fin.
El fallo también es claro cuando afirma que tampoco hubo un direccionamiento premeditado de la investigación hacia una sola hipótesis, y advirtió que no existen fundamentos válidos que orienten la acusación de "una ausencia de imparcialidad subjetiva".
De esa forma, dejó a resguardo la honorabilidad del magistrado con lo actuado en la investigación.
Sólo el planteo expuesto por el CELS terminó definiendo su continuidad en la causa: sus valoraciones preliminares ante lo actuado, pero sólo a partir de las manifestaciones efectuadas por el magistrado en las entrevistas que publicó este diario. Así, la necesaria apariencia de imparcialidad podría haberse visto afectada, según el fallo.
En ese sentido, la Cámara sostuvo que Otranto no se limitó a brindar datos relativos al curso de la investigación para dar con el paradero de Santiago Maldonado, sino que sus declaraciones avanzaron hacia una valoración antes de expedirse en su sentencia.
Al desestimar la "parcialidad subjetiva" de Otranto por sus resoluciones anteriores, la Cámara parecer recordar, sin citarlos, los fallos del mismo magistrado cuando dictó la nulidad en el proceso de extradición de Facundo Jones Huala, al haberse obtenido información de su paradero que derivó en su detención por medio de apremios ilegales.
También se infiere su entonces cuestionado procesamiento a dos ex agentes de la SIDE que hicieron inteligencia interna para investigaron el accionar de Resistencia Ancestral Mapuche y de los conflictos territoriales en la Patagonia.
La colisión que impone la administración de Justicia contra el interés público de brindar información sobre una causa resonante lograron hacer lugar, finalmente, a la recusación.
Según la jurisprudencia argentina, será siempre la sentencia judicial la que permita entrever el rumbo de una investigación, el porqué de ciertas medidas de prueba, y la valoración que se tenga sobre las distintas hipótesis en una investigación.
Fuente: La Nación