En Chubut se llevará a juicio a quienes sean detenidos portando ilegalmente armas de fuego
Desde la Procuración General se impulsa Como forma de poner "una barrera de protección penal", ya que la portación ilegal de armas "es el presupuesto básico para la comisión de delitos más graves". Por esto, se instruyó a los fiscales de la provincia oponerse al otorgamiento de la suspensión del juicio a prueba u otras salidas alternativas a la pena.
El Procurador General, Jorge Miquelarena, en su función de establecer la política criminal del Ministerio Público Fiscal del Chubut, indicó que "es necesario que con unidad de actuación de todas las circunscripciones judiciales, se transmita la decisión institucional de que las tenencias agravadas y portación ilegales de armas de fuego, serán perseguidas y penadas" y que por ello los fiscales adopten "como principio único de actuación, procurar la sanción de los responsables oponiéndose al otorgamiento de la suspensión del juicio a prueba u otras salidas alternativas a la pena".
Así se busca establecer "una barrera de protección penal”, ya que la portación ilegal de armas "es el presupuesto básico para la comisión de delitos más graves".
La medida se aplica cuando se dan las condiciones para emplear el artículo 189 bis del Código Penal y para los casos cuya pena en abstracto superen los tres años de prisión.
La instrucción a los funcionarios del Ministerio Público Fiscal es llevar a juicio a quienes sean detenidos portando ilegalmente armas de fuego, evitando así la aplicación de medidas alternativas judiciales que favorezcan sus situaciones.
La disposición, que tiene varios años de vigencia, fue impulsada por el Procurador General Jorge Miquelarena, quien tuvo en cuenta varios aspectos, según reza la instrucción, en primer lugar fue comunicada oportunamente a todos los fiscales y funcionarios de las fiscalías del Chubut, asimismo al jefe de la policía de la Provincia, y por intermedio de este a todos los integrantes de esa fuerza.
Entre los argumentos más salientes se acentuó que “la tenencia y portación ilegal de armas de fuego” es una conducta previa “a la comisión de delitos aún más graves como los homicidios, abuso de armas, robo con armas, etcétera dado el alto poder vulnerante e intimidatorio de las mismas”.
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