La jueza Gabriela Topino, del Juzgado Colegiado N°7, tomó esta resolución a pedido del abogado Sebastián Navas, representante de la madre de los niños de 7 y 9 años. Según explicó el letrado, se trata de una medida complementaria luego de que el progenitor incumpliera una sentencia anterior.

La decisión se fundamenta en la perspectiva de género, citando la Convención de Belém do Pará y la ley nacional N°26.485 sobre violencia contra la mujer. Navas señaló que el objetivo es que el padre, en lugar de "gastar su tiempo en recreación y entretenimiento que implican las redes sociales", se dedique a generar ingresos para cubrir las necesidades de sus hijos.

De acuerdo al abogado, el demandado "nunca ha aportado de por sí" para la manutención de los menores, por lo que las cuotas actuales las está cubriendo el abuelo paterno en base a una retención de haberes ordenada previamente. Sin embargo, persiste una deuda histórica que asciende a casi un millón de pesos.

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Navas afirmó que esta es la primera vez que se solicita y se hace lugar al bloqueo de redes sociales en la Justicia local, y que ahora se enviarán oficios a las empresas titulares de dichas plataformas para que procedan a impedir el acceso del padre moroso.

La resolución establece que el bloqueo de redes sociales se mantendrá vigente hasta que el progenitor cumpla con la deuda pendiente de pago. De esta manera, la Justicia busca obligarlo a destinar sus esfuerzos a generar los ingresos necesarios para cubrir las necesidades de sus hijos, en lugar de dedicar su tiempo libre a actividades de ocio y entretenimiento en línea.

Con información de Infobae, redactada y editada por un periodista de ADNSUR. 

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