COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - A lo largo de la mañana del martes se efectivizó en sede de los tribunales penales ordinarios la audiencia de alegatos en el juicio por el homicidio de Ángel “Leito” Vidal que tiene como único imputado a Cristhian “Piri” Alaniz. La fiscal en su alegato solicitó se lo declare a Alaniz penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”. En contraposición el defensor planteó la absolución de Alaniz, y subsidiariamente la aplicación de la tentativa o dosificación de la culpabilidad, homicidio culposo; y como segundo subsidio excluir el agravante del uso de arma de fuego. Finalmente el tribunal colegiado dará a conocer el veredicto de responsabilidad penal el próximo martes 28 de agosto en horas del mediodía.

Homicidio de Vidal: el próximo martes se conocerá el fallo

El tribunal de debate fue presidido por Gladys Olavarría y constituido por la juezas Daniela Arcuri, y Mónica García; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente la fiscal Cecilia Codina; en tanto que la defensa de Alaniz fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo. Asimismo familiares de la víctima fueron acompañados por una profesional del SAVD, Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.

La fiscal en su alegato afirmó que se ha probado a lo largo del debate la conducta homicida de Alaniz, agravada por el uso de arma de fuego, al darle muerte a Ángel Vidal. Así el 19 de octubre de 2016 cuando la víctima Vidal caminaba junto a unos amigos, en el límite de los barrios Moure y 1311 viviendas; llega Alaniz a bordo de un Chevrolet Corsa blanco, se baja y realiza disparos en contra de la humanidad de la víctima, quién se esconde para resguardarse detrás de una camioneta Eco Sport. Seguido cuando la víctima se asoma para ver si el agresor se había ido, Alaniz se acerca a la camioneta Eco Sport referida y efectúa dos disparos contra Vidal, uno de ellos impactó en su cabeza, lo cual posteriormente provocó su muerte en el Hospital Regional por traumatismo encefalocraneano. Se ha probado la materialidad del hecho y su autoría en cabeza del imputado, sostuvo Codina.

Seis testigos presenciales refirieron en el juicio que aquel día habían ido a ver un partido de Huracán, cuando regresaban y caminaban por la calle José Ortega, la calle de “los papas fritas”, llega un vehículo Corsa blanco del cual se baja “el piri” Alaniz y comienza a disparar. La única persona que disparó a Leonardo Vidal fue “el Piri” Alaniz y existían grupos antagónicos, los papa fritas o los de abajo, pertenecientes a las 1311 viviendas y los de arriba pertenecientes al barrio Moure. En base a ello la fiscal solicitó se declare a Alaniz penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” y se mantenga la medida de coerción que viene cumpliendo.

En tanto que el defensor sostuvo su teoría del caso recordando que en la audiencia preliminar propuso un delito culposo como un hecho autónomo. Descalificando el relato de los testigos que “causa alarma por la calidad bajísima de sus testimonios”. Para condenar “necesitamos prueba y la fiscalía no la ha producido”, aseguró el defensor. “No hubo legítima defensa, pero sí teoría del error, sobre el elemento subjetivo del tipo, error sobre la relación de causalidad, el curso causal de disparar un arma de fuego”. Cuando su defendido “disparó, la víctima no estaba en el blanco, es decir existe una incongruencia entre lo que el autor quiso y el resultado”. Requiriendo la absolución de su asistido en referencia al homicidio; subsidiariamente se aplique la tentativa en la dosificación de la culpabilidad, homicidio culposo y como segundo subsidio se excluya el agravante del uso de arma de fuego.

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