COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – Este viernes se realizó la audiencia de revisión por dos jueces, solicitada por la funcionaria de Fiscalía el día jueves al dictarse el arresto domiciliario del imputado, José Carrizo. El tribunal de revisión integrado por dos juezas, Daniela Arcuri y Mariel Suárez, tomó una decisión dividida, dándose entonces intervención a un tercer juez, Raquel Tassello. Por mayoría, el tribunal de revisión resolvió revocar el arresto domiciliario dictado el pasado jueves por el juez natural de la causa y dictar la prisión preventiva por un mes del imputado Carrizo.

Por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Eve Ponce, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de carrizo fue ejercida por Cristina Sadino, defensora pública.

La funcionaria de Fiscalía solicitó al tribunal que revoque la decisión del juez natural de la causa al otorgar el pasado jueves en una audiencia, la medida sustitutiva de arresto domiciliario del imputado Carrizo.

El juez en su resolución sostuvo que los peligros procesales de fuga y entorpecimiento se encuentran latentes y dictó la prohibición de comunicación con testigos presenciales del hecho.

La Fiscalía indicó que entiende que el peligro de entorpecimiento no se encuentra debidamente fundado a los fines de aminorar el riesgo latente. La muerte de Martínez se produjo por un “shock hemorrágico irreversible”, estableció la médica forense en el informe de autopsia. La funcionaria de Fiscalía se refirió al peligro de entorpecimiento existente ya que hay un testigo de la causa que recibió llamadas y mensajes del imputado y su hijo. A su entender no corresponde morigerar la prisión preventiva que viene cumpliendo el imputado ya que el peligro de entorpecimiento se encuentra latente. “No resulta suficiente la prohibición de toda comunicación con los testigos”, consideró, solicitando por todo ello que se revoque el arresto domiciliario de Carrizo y se dicte nuevamente su prisión preventiva.

En contraposición, la defensora argumentó que la resolución del juez natural de la causa, al dictar el arresto domiciliario de Carrizo, fue ajustada a derecho, priorizando el principio de inocencia en el proceso. Admitió en su resolución que pudo haber una agresión ilegítima y una falta de provocación, como también que la tesis de la defensa de homicidio cometido en legítima defensa o con exceso en la legítima defensa- era viable, entendiendo que se debe mantener la decisión tal como la dispuso el juez natural, es decir el arresto domiciliario con prohibición de contacto con testigos a Carrizo.

La defensora recordó que el testigo refirió que el que mataron comenzó la pelea, y el imputado Carrizo no le quería seguir la corriente.

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