Tras evaluar los argumentos de las partes, la Cámara resolvió confirmar las penas de los principales involucrados, aunque redujo levemente la de los inspectores municipales. También rechazó el cálculo establecido por el tribunal de primera instancia, que había establecido un monto de 408.000 dólares a pagar por los imputados, lo que deberá discutirse en la etapa de ejecución, o bien ser reclamado por el municipio por la vía civil. 

El abogado Fabián Gabalachis, defensor del empresario Roberto Monasterolo, reconoció en diálogo con Actualidad 2.0 que “el tribunal confirmó prácticamente la totalidad de la sentencia de primera instancia”.

De este modo, tanto Monasterolo como Abel Boyero mantuvieron las penas de 5 años de prisión, en tanto Rubén Palomeque deberá afrontar 4 años. "Hubo algunos atenuantes mínimos en las penas, en el caso de los supervisores municipales, para que sean de cumplimiento condicional", reseñó el abogado. 

Gabalachis: "El tribunal confirmó prácticamente la totalidad de la sentencia de primera instancia”.
Gabalachis: "El tribunal confirmó prácticamente la totalidad de la sentencia de primera instancia”.
ADNSUR

Con relación al monto que había determinado el tribunal de primera instancia, que había sido rechazado por los defensores, Gabalachis dijo que el nuevo fallo estableció que no corresponde aplicar el cálculo del tribunal de primera instancia, que había convertido el monto de los trabajos sobrefacturados en 408.000 dólares, determinando que esto debería establecerse en la etapa de ejecución de la pena. 

"Nosotros habíamos planteado que el cálculo era arbitrario y los jueces dicen que  debimos discutirlo a través de una pericia contable, pero hay una contradicción porque sostienen que el perjuicio existió y que debería discutirse en la etapa de ejecución de la pena, pero al menos nos abre una luz de esperanza o una puerta para ver si se habilita una instancia extraordinaria local, ante el Superior Tribunal de Justicia", precisó el abogado. Según dijeron fuentes del ámbito judicial, el municipio también podría reclamar esa reparación económica por vía de una demanda civil contra los empresarios involucrados. 

"A MI CRITERIO NO CORRESPONDE LA PRISIÓN PREVENTIVA"

Consultado en torno a si los imputados podrían empezar a cumplir la pena de prisión efectiva, con esta sentencia que obtuvo el doble conforme, Gabalachis dijo que a su criterio no corresponde iniciar la pena de prisión, ya que aún la sentencia no está firme y podría haber recursos ante el Superior Tribunal o la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 

"La experiencia y lógica me indica que no debería ser así. El fiscal ya lo pidió en la primera sentencia, porque ha tenido una actividad desmedida en esto y me hace pensar que lo va a pedir ahora con este doble conforme. Si es así, tendremos que discutirlo en una audiencia, porque a mi criterio no corresponde". 

ADNSUR está certificado por CMD Certification para la norma CWA 17493 de JTI, octubre 2024-2026. Ver más
¿Querés mantenerte informado?
¡Suscribite a nuestros Newsletters!
¡Sumate acá 👇🔗!
Recibí alertas y la info más importante en tu celular

El boletín diario de noticias y la data urgente que tenés que conocer