En un fallo histórico, la Corte Suprema de Argentina declaró inconstitucional la pena de prisión perpetua. El máximo tribunal del país, a través de los jueces Rosenkrantz, Rosatti y Maqueda, falló en contra de la prisión perpetua en una sentencia y explicó sus argumentos. Por su parte, Lorenzetti no firmó.

Según el máximo tribunal, la perpetuidad de la pena contraviene el derecho a la esperanza, un principio fundamental en el ordenamiento constitucional argentino. Este derecho, según la Corte, se vincula directamente con la posibilidad de resocialización y reintegración de las personas condenadas.

Se trata de un caso sucedido en el año 2012, donde un ladrón mató de un disparó a una mujer policía e hirió a su novio. En ese marcó, la Corte rechazó un recurso presentado por la fiscalía, en tanto, la defensa del imputado argumentaba que la condena perpetua vulneraba el derecho a la esperanza de la persona condenada.

Según el máximo tribunal, la perpetuidad de la pena contraviene el derecho a la esperanza, un principio fundamental en el ordenamiento constitucional argentino
Según el máximo tribunal, la perpetuidad de la pena contraviene el derecho a la esperanza, un principio fundamental en el ordenamiento constitucional argentino
La Nación

Luis Armesto, especialista en derecho penal, explicó que la sentencia de la Corte resalta la importancia de la resocialización de los reclusos. "Lo que se pone en duda es la capacidad de resarcir al reo, de brindarle la oportunidad de reinsertarse en la sociedad. La pena no debe ser un castigo sin fin, sino una medida que permita su rehabilitación", detalló Armesto en declaraciones a la prensa.

El fallo se fundamenta en el artículo 18 de la Constitución Nacional, que garantiza que las cárceles sean lugares destinados a la reeducación de los detenidos, no a su castigo perpetuo. Según la Corte, la prisión perpetua, al eliminar la posibilidad de reinserción, va en contra de este principio constitucional.

Este derecho, según la Corte, se vincula directamente con la posibilidad de resocialización y reintegración de las personas condenada
Este derecho, según la Corte, se vincula directamente con la posibilidad de resocialización y reintegración de las personas condenada
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El fallo también aborda el artículo 14, inciso primero del Código Penal, que hasta ahora establecía que la pena de prisión perpetua no permitía la libertad condicional. Con esta decisión, la Corte ha invalidado esta disposición, sugiriendo que los reclusos podrían solicitar la libertad condicional después de cumplir 35 años de condena, según lo estipulado por la jurisprudencia anterior.

Para Armesto, aunque la pena máxima en Argentina puede ser difícil de determinar, la práctica judicial actual no suele exceder los 35 años de prisión, lo que se alinea con la idea de que más de tres décadas en prisión "no es común en la práctica judicial". En ese sentido, el fallo de la Corte podría dar lugar a una revisión más flexible de las penas, priorizando la rehabilitación sobre el castigo.

Con información de Radio 3 e Infobae, intervenida por IA, bajo supervisión y edición de ADNSUR

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