La Corte Suprema le ordenó a Gildo Insfrán dejar entrar a una mujer a Formosa para ver a su madre enferma
Además, en caso de ser necesario el aislamiento, deberá realizarlo en un domicilio particular y no en un centro COVID.
FORMOSA - El gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, le deberá permitir el ingreso a una mujer a Clorinda para ver a su madre enferma, por orden de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Romina Ibarrola podrá entrar a la provincia de Formosa y en caso de ser necesario cumplir un aislamiento, podrá realizarlo en un domicilio particular y no en un centro covid.
La mujer, que vive en La Plata (Buenos Aires) solicitaba el permiso desde hacía dos meses. Su madre, Antonia Inés Enrique, se encuentra en grave estado de salud, ya que cursa una enfermedad oncológica.
Tal como informó TN, Formosa permanece en el centro de la polémica debido a las protestas de los últimos días en la provincia y a las denuncias relacionadas con violaciones a derechos humanos, nuevamente un fallo de la Corte cuestiona al gobernador.
La Corte también le ordenó al mandatario que le consiga una licencia a la hija en su trabajo y que el aislamiento lo pueda cumplir en la casa de su madre en Clorinda.
La mujer el 15 de enero de 2021 había informado a la Justicia el cuadro de enfermedad de su madre y que había empeorado en el último tiempo, dado que había presentado una “falla cardíaca aguda, con sospecha de trombosis pulmonar”. Por eso debió ser internada en la Clínica Argentina de la Ciudad de Clorinda.
Luego su madre fue trasladada a su vivienda, en donde ahora se encuentra en internación domiciliaria, “estable, pero con oxígeno permanente”.
Debido a que su cuadro empeoró y en Formosa siguen las medidas restrictivas por la pandemia para el ingreso, Ibarrola promovió contra la provincia ante la Corte una acción declarativa en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Se le solicitó al tribunal que “se haga cesar el estado de incertidumbre en el que dijo encontrarse frente a la pretensión del gobierno de Insfrán de obligarla a realizar un aislamiento compulsivo en un “Centro de Aislamiento Preventivo”.
La demandante pidió que se declare la inconstitucionalidad del “Sistema ordenado y administrado” implementado por Formosa y de los “Centros de Aislamiento Preventivo” establecidos por la demandada con fundamento en las medidas sanitarias adoptadas mediante los decretos nacionales 260/20, 297/20, sus modificatorios y normas concordantes, 875/20 y 1033/20″.
El fallo al que accedió el canal de noticias hace lugar a la medida cautelar y exige que se le permita el ingreso de inmediato.