COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR / INFORME EXCLUSIVO) - La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia rechazó la excusación de la jueza federal de Caleta Olivia, Marta Yáñez, y la designó para que intervenga en el hábeas corpus en favor de Iván Eladio Torres, desaparecido forzadamente desde el 2 de octubre de 2003. Al recurso lo impulsa su madre, María Leontina Millacura Llaipen, y se tramita en el Juzgado Federal de la ciudad petrolera. Yáñez es la magistrada que investiga las causas del hundimiento del submarino ARA San Juan. Su designación en el caso del joven comodorense la decidieron Hebe Corchuelo de Huberman, Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez.

Según los antecedentes, el conjuez federal Eduardo de Villafañe fue el primero en excusarse de continuar interviniendo en el hábeas corpus y elevó las actuaciones a la Cámara para la designación de un juez para el procedimiento. Fue elegida Yáñez, pero la magistrada se excusó de intervenir ya que antes había “actuado en forma activa” como juez sustituto del Tribunal Oral Federal de Comodoro en el juicio oral por el caso. Según supo ADNSUR, no votó porque las audiencias se completaron con el TOF original, pero “sostuvo haberse formado opinión sobre el caso para el supuesto de haberse requerido su voto en el juicio y que, para evitar dudas acerca de su imparcialidad, debía apartarse del conocimiento del presente hábeas corpus, lo que hace a una correcta administración de justicia y evitaba ´el objetivo temor de parcialidad que las partes pudieran sentir´”.

Según pudo conocer ADNSUR, el caso volvió a la Cámara, que designó al juez federal de Esquel, Guido Otranto, pero también se  inhibió de actuar en el hábeas “por existir graves motivos de decoro”. Es que la abogada de la madre de Torres es Verónica Heredia, quien a su vez patrocinó a la familia de Santiago Maldonado en la causa por su desaparición. Según Otranto, esta letrada “puso en tela de juicio públicamente mi desempeño como juez a cargo del caso profiriendo manifestaciones que me agravian en lo personal al ser acusado de dirigir la investigación para encubrir la desaparición forzada de Santiago Maldonado”.

“Me recriminó a los gritos por estar buscando a Maldonado en el lugar donde precisamente estaba su cuerpo, vociferando la abogada en presencia de varias personas que la medida iba a ser declarada nula, mientras su representado me gritaba ‘Hijo de puta’ y que mi cabeza ´rodaría junto a la de Bullrich’”, explicó el juez esquelense. Esa situación, más las acusaciones públicas de la doctora Heredia, “se traducen en una violencia moral de tal magnitud que perturban la serenidad con la que debiera ejercer la función jurisdiccional en este caso”.

Para zanjar la cuestión, intervino el juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, quien consideró “injustificada” la negativa de Yáñez. Lleral explicó que la causa penal por la desaparición de Torres y el hábeas corpus en trámite por la misma razón “tienen objetos distintos, con diferencias de naturaleza jurídica, actividad, resultado y efectos y que la actuación en uno de esos procesos no interfiere ni contradice el desempeño en el otro”. El propio Lleral en el caso Maldonado fue juez de la causa penal y en el hábeas corpus tramitado para sancionar a los responsables de la desaparición a ese momento y para investigarla intentando dar con su paradero.

El magistrado rawsense explicó que el juicio por Torres “tuvo una finalidad más bien punitiva, al implicar su objeto determinar un delito y su sanción, tratando, primordialmente, de castigar a los perpetradores de la desaparición”. En cambio, el hábeas “tiene por objeto la búsqueda, hallazgo y tutela de los derechos fundamentales de la víctima de la desaparición”. No hay superposición de jurisdicciones ni se afecta la garantía de la imparcialidad, como alegó Yáñez.

En su decisión -a la que tuvo acceso ADNSUR-, los camaristas advirtieron que cuando un juez se excusa “debe tener carácter excepcional, a fin de que, en lo posible, los pleitos se inicien y concluyan ante los jueces naturales”. En este sentido, “suficiente razón de peso dio Lleral para no aceptar la excusación de Yáñez al referirse a los distintos objetos, naturaleza jurídica, actividad, resultado y efectos de un proceso penal y de un hábeas por una desaparición forzada”. Además, aunque fue juez suplente en el juicio por Iván Torres, la magistrada de Caleta Olivia “no emitió opinión alguna sobre el fondo del caso” ya que no fue necesario que vote.

“Más allá de no vacilarse en la confianza que esta alzada deposita en que la juez que se excusa habrá de ejercer en plenitud y total libertad la jurisdicción que le compete, no se vislumbran motivos que, por la razón esgrimida, puedan generar temor alguno de parcialidad en las partes de este procedimiento, en el que no lo son los policías de la Comisaría 1ª de Comodoro Rivadavia de la Policía del Chubut”, concluyeron.

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