Linchamiento y homicidio en Fracción 14: la única mujer imputada dice que actuó bajo un "trastorno mental transitorio"
Son 6 los imputados por el crimen de José Oviedo. Este pasado jueves declararon cuatro testigos.
El mediodía del pasado jueves inició el debate oral y público por el homicidio de José Oviedo en Fracción 14 el pasado 25 de marzo de 2019 que tiene como imputados a Franco Bustos, María Hernández, Cesar Hueica, Diego Damián y Guillermo Metraillet; y Jonathan Barrera. En la fecha pudo escucharse los alegatos iniciales de las partes y el testimonio de los primeros cuatro testigos del caso.
El tribunal de debate fue conformado por los jueces penales Mariano Nicosia, Raquel Tassello y María Lura Martini; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Héctor Iturrioz, fiscal general, la defensa de los seis imputados fue ejercida por María Cristina Sadino, Lilian Borquez, defensoras públicas; Francisco Miguel Romero y Olga Figueroa, defensores particulares.
En su alegato inicial el fiscal aseguró que va a probar a lo largo del debate el hecho acontecido al pasado 25 de Marzo de 2.019, siendo las 18.45 horas aproximadamente, cuando Guillermo Metraillet, Diego Damián Metraillet, Jonathan Barrera, Franco Facundo Bustos, María Alejandra Hernández, y Cesar Hueica, junto a otras personas, se convocaron de manera organizada, portando palos, fierros y piedras, y acompañados de otras personas en el exterior del domicilio sito en la Manzana C, lote 4, de barrio Los Bretes de esta ciudad, cuando su morador José Jorge Oviedo Cuyul se encontraba en el interior del mismo.
En esas circunstancias, las personas que estaban afuera de la vivienda entre las que se encontraban los arriba mencionados, comenzaron a gritar “salí Matías salí Matías” refiriéndose al hijo de la víctima, Matías Oviedo, a quien este grupo sindicaba como presunto autor de un abuso sexual agravado cometido hacía pocas horas. Al oír que José Oviedo, desde adentro de su casa, les manifestaba que su hijo no estaba y que no era un violador, los sindicados comenzaron a gritarle a éste “salí que te vamos a matar”, “salí que te vamos a cagar matando”, para luego comenzar a realizar destrozos en la vivienda, rompiendo ventanas, puertas e incendiándola.
Esta situación obligó a Oviedo a salir de su domicilio, escapando por la parte de atrás hacia el barrio Los Bretes, llevando consigo un machete y un trozo de hierro para defenderse, al tiempo que comenzó a ser perseguido por este grupo, quienes organizados convergieron intencionalmente en la persecución del mismo a efectos de darle muerte.
José Oviedo logró recorrer, mientras era perseguido y agredido físicamente con piedras, palos y golpes de puño, unos quinientos cincuenta metros aproximadamente. Ello así hasta ser encerrado y aparentemente embestido por un vehículo Renault Sandero, el que era conducido por Pablo Arismendi, lo que conllevó que la víctima, golpeada, lograra dar unos pasos hacia el frente, donde fue interceptado por el Subcomisario Víctor Farcy y el Comisario Inspector Juan Cruz Campos, que se trasladaban en sentido contrario a la víctima y al grupo agresor.
En ese momento los funcionarios, quienes observaron a Oviedo con su rostro ensangrentado y el accionar violento de sus acometedores, se pusieron frente al herido intentado auxiliarlo y con el fin de frenar al grupo de gente que lo quería "linchar", entre los cuales se encontraban los 6 imputados nombrados; lo que les resultó imposible por la cantidad de personas en estado de exaltación que únicamente estaban enfocadas en dar muerte a José Oviedo.
Los sindicados autores continuaron propinándole golpes y piedrazos a Oviedo, siendo tal el nivel de violencia desplegada que llegaron al punto de atarlo con una soga en la pierna izquierda y arrastrarlo unos metros, mientras el personal policial trataba de evitarlo, siendo éstos también agredidos.
Este accionar del grupo agresor tal como se ve en la secuencia fílmica le provocó un dolor innecesario a la víctima, quien agonizaba mientras lo golpeaban, donde finalmente se produjo el deceso.
Surge de la autopsia realizada a quien en vida resultó ser José Jorge Oviedo Cuyún que la causa de su fallecimiento fue por traumatismos múltiples, traumatismo de cráneo, tórax y abdomen. Calificando jurídicamente el mismo como “homicidio simple” en calidad de “coautores” para los 6 imputados.
El defensor de Hernández sostuvo que su pupila no estuvo en el concierto inicial del hecho, fue escasa su participación y no tuvo responsabilidad penal en el mismo. Agregó que no pudo dirigir sus acciones, ni comprender la criminalidad de sus actos por un trastorno mental transitorio. Subsidiariamente cuestionó la calificación legal y postuló la de homicidio en agresión, segunda parte.
La defensora de Hueica sostuvo que no podrá acreditar la fiscalía que su defendido se encontraba en el lugar del hecho y que no habrá elementos subjetivos y objetivos para acreditar el tipo de homicidio simple.
Seguidamente la defensora de ambos Metraillet y de Barrera solicitó la nulidad de la acusación pública ya que a su entender “no cumple con el estándar de redacción clara, precisa y circunstanciada de los hechos. No se sabe qué hizo cada uno de sus defendidos”, anticipando que solicitará la absolución de los mismos.
A continuación, la defensora de Bustos argumentó que “se debe evitar la mano abusiva del Estado de acusar inocentes. La acusación es abstracta y no determina clara y precisamente” los hechos, agregó. Bustos es inocente de los hechos que se le atribuye, por lo cual solicitará su absolución.