Negarse no alcanzó: la Justicia lo declaró padre a pesar de que no quiso hacerse la prueba de ADN
En un fallo trascendental, la justicia priorizó el derecho a la identidad de una niña sobre la negativa de un hombre a someterse a pruebas genéticas.
Un hombre que se negó reiteradamente a realizar una prueba de ADN fue declarado legalmente progenitor por la Justicia, en un fallo basado en el artículo 579 del Código Civil y Comercial, que establece que la negativa injustificada a someterse a un examen genético puede ser considerada un indicio grave en su contra.
La jueza interviniente destacó que el derecho a la identidad, consagrado en la Constitución Nacional y en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño, es fundamental para garantizar el acceso a la ascendencia biológica. Este derecho, explicó la magistrada, no solo es esencial para la niña involucrada, sino que constituye la base de otros derechos fundamentales.
Una actitud que vulneró derechos
El demandado evitó comparar en todas las instancias, desde no responder la demanda hasta ausentarse a los turnos asignados para la extracción de muestras genéticas. Según el fallo, esta actitud fue interpretada como una afectación directa al derecho de la menor a conocer su origen.
La jueza concluyó que el comportamiento del hombre no solo obstaculizó el proceso judicial, sino que también resultó incompatible con el interés superior del niño, un principio rector en causas de filiación y protección de menores.
Filiación reconocida sin cambios en el nombre
La resolución ordenó que la filiación sea inscrita en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, garantizando así el reconocimiento legal del progenitor. Sin embargo, se aclarará que no se modificarán ni el nombre ni el apellido de la niña, respetando su identidad actual.