Puerto Madryn: una jueza revocó la perimetral de un hombre que se metió a la fuerza en la casa de su expareja
Un hombre irrumpió borracho y tuvieron que sacarlo con la Policía. El mismo imputado se mostró de acuerdo con la medida de protección. No obstante, la magistrada consideró que no hay "evidencia" que lleve presumir que él puede llegar a atacarla otra vez.
Su ex se le apareció borracho dentro de la casa. La mujer necesitó la ayuda de su hija para sacarlo y tuvo que llamar a la Policía.
En la audiencia, en los tribunales de Puerto Madryn, el imputado estuvo de acuerdo con una prohibición de acercamiento, pero una jueza la rechazó. “No hay nada que evidencie que la víctima necesite estar protegida”, indicó.
La Fiscalía impugnó la medida y otras dos juezas le hicieron lugar. “El Estado debe proteger a las víctimas de violencia de género”, indicaron las magistradas Patricia Reyes y Marcela Pérez Bogado.
El 27 de agosto a las 21.30, una mujer se encontraba en su casa junto a su hija de 15 años cuando se metió en la casa su ex pareja, en estado de ebriedad, y les comenzó a gritar.
Cuando la mujer le pidió que se vaya, el hombre empezó a forcejar. Finalmente, ella y la hija lograron sacarlo hasta la vereda y llamar al 101, que arribó a los pocos minutos.
LA PROHIIBICIÓN
El Juzgado de Familia dictó una medida de prohibición de acercamiento y la Fiscalía inició una causa penal por “violación de domicilio”.
Pero cuando las fiscales María Eugenia Vottero y María Florencia Bianchi pidieron la continuidad de la medida de protección –que contaba con el consentimiento de la defensa, es decir, del imputado-, la jueza penal Alejandra Hernández rechazó la medida.
“No hay nada que evidencie que la víctima necesita estar protegida, no se dan los requisitos para otorgar una medida de protección”, sostuvo la jueza.
IMPUGNACIÓN
Vottero y Bianchi, de la oficina de Violencia de Género y Delitos Sexuales, impugnaron la decisión y pidieron que la revisen dos jueces. Para las fiscales, la medida estaba fundada y era necesaria.
Las juezas Reyes y Pérez Bragado revocaron la decisión de Hernández. En su voto, la jueza Reyes sostuvo que “es un caso de violencia de género, entiendo que la medida solicitada era razonable y pertinente, la defensa no se oponía y no veo que haya desinterés del Ministerio Público Fiscal ya que había pedido la audiencia antes que venza la medida dictada por el Juzgado de Familia, máxime la obligación que tenemos los magistrados de velar por la vida libre de violencia de la mujer”.