COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - En el marco de la audiencia preliminar por cohecho e incumplimiento de los deberes de funcionario público que tiene como imputados al ex comisario Alejandro Omar Pulley, a Guillermina Ferreira Almada, Juan Carlos Cuellar Gamboa, y los ex integrantes de la Secretaría de Seguridad Municipal Antonio Zúñiga, Andrés Juvenal Velázquez y Víctor Barrientos, en la que se definió elevar la causa por pago de coimas en VIP a juicio -tal como anticipó ADNSUR-, se conocieron las penas que deberían cumplir los imputados. El ex comisario debería pasar entre 4 y 6 años en prisión, además de quedar inhabilitado para ejercer su cargo, al igual que el ex subsecretario de Seguridad, a quien le cabrían 7 años de cárcel. 

En la audiencia los fiscales sostuvieron sus acusaciones, ofrecieron prueba y requirieron que se eleve la causa a juicio oral y público ante un tribunal colegiado en virtud de las penas requeridas. Las defensas plantearon los sobreseimientos de sus pupilos, los cuales fueron rechazados, restando ahora el dictado de elevación a juicio que fue diferido para el lunes.

En un primer momento los defensores plantearon un pedido de sobreseimiento por vencimiento de plazo. Los fiscales se opusieron y la jueza resolvió rechazar el planteo defensista.

LOS HECHOS

Los hechos presentados en la acusación acontecieron desde el 15 de septiembre de 2014 hasta el 2 de julio de 2016, en el domicilio de la calle Francia al 500, funcionó un departamento VIP propiedad de Guillermina Ferreira Almada y Juan Carlos Cuellar Gamboa, en el cual al menos cinco mujeres ejercían servicios sexuales.

Según la Fiscalía, el dinero percibido era abonado a Ferreira Almada, a la vez que Cuellar Gamboa brindaba condiciones de seguridad interna. Asimismo, el comisario Alejandro Omar Pulley, como Jefe de la Seccional Primera, estableció vinculación personal con los ocupantes del VIP, a pesar de tener conocimiento de la actividad ilícita que allí se desplegaba.

Desde el 28 de agosto de 2014 y hasta aproximadamente el 28 de agosto de 2015 Pulley aceptó los ofrecimientos de dineros o dádivas formulados por Ferreira Almada y Cuellar gamboa para omitir los controles al lugar, brindar protección policial al lugar y asesorar en la empresa criminal, percibiendo por dicha tarea una pistola tipo reliquia y dinero en efectivo remitido por Ferreira Almada a Pulley por la empresa Vía Cargo. La investigación preparatoria ha permitido acreditar la materialidad de los hechos y la autoría de los encartados. "Existe base probatoria suficiente para la elevación del caso a juicio", requirió el fiscal, calificando legalmente los hechos como “facilitación de la prostitución en concurso ideal con explotación económica de la prostitución, al menos 5 hechos en concurso real”, en calidad de coautor para Cuellar Gamboa.

Respecto de Ferreira Almada, como “facilitación de la prostitución en concurso ideal con explotación económica de la prostitución, al menos 5 hechos en concurso real” como coautora; “en concurso real con cohecho activo, el menos 4 hechos en concurso real”, en calidad de autora; en tanto que para Alejandro Pulley como “cohecho pasivo, al menos 4 hechos, en concurso real; en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público”, en calidad de autor.

La pena estimada es de entre 7 y 9 años de prisión para Cuellar Gamboa, de 10 a 12 años de prisión para Ferreira Almada y de 4 a 6 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para Pulley.

Según la acusación formulada el pasado 4 de agosto de 2017, Antonio Zuñigad, desde el 1 de febrero de 2013 hasta el 5 de diciembre de 2016, ejecutó actos administrativos contrarios a la Ley de profilaxis. Asimismo, ilegalmente omitió hacer actos de su oficio en su calidad de funcionario público. Fue nombrado en febrero de 2013 como subsecretario de Seguridad Municipal. Debía cumplir con la Ordenanza 10577/12 que le exigía el cumplimiento de la Ley de Profilaxis que exige la erradicación de la prostitución y la venta de bebidas alcohólicas.

Zuñiga emitió libretas sanitarias para reemplazarlas y facilitar que mujeres ejercieran la prostitución de manera encubierta en los locales comerciales Bagatel, El Duke, Belgrano I y II y Zulu. Según lo aportado por testigos, Zúñiga durante este período asesoró, brindó información y coordinó las inspecciones a los locales, donde omitió controlar y manipuló el contenido de las Actas de Inspección donde no consignó irregularidades.

El segundo hecho aconteció el entre el 1 de febrero de 2013 y hasta el 5 de diciembre de 2016 los coimputados Antonio Zúñiga, Juvenal Velázquez y Víctor Barrientos, funcionarios pertenecientes a la Secretaría de Seguridad municipal, valiéndose de la condición de ser la autoridad de aplicación, en claro ejercicio abusivo de sus funciones, exigieron dinero bajo apercibimiento de clausura a los titulares de departamentos VIP y prostíbulos radicados en el centro de la ciudad.

El dinero era percibido de manera periódica y reiterada; y su exigencia era para permitir el normal funcionamiento y el ejercicio de la prostitución ajena de manera ilegal. Se corroboró que esos montos, así como los elementos decomisados de manera ilegal en los VIP, fueron convertidos por los coimputados en provecho propio y en favor de terceras personas. También la acusadora imputó la protección por parte de Zúñiga y Velázquez del VIP de la calle Francia propiedad de los coimputados Ferreira Almada y Cuellar Gamboa, encuadrando jurídicamente estas conductas como “exacciones ilegales agravadas en carácter de consunción, bajo la modalidad de delito continuado; en concurso real con incumplimiento de los deberes de funcionario público”, en calidad de coautores; en concurso ideal con “incumplimiento por omisión” para Zúñiga y Velázquez como coautores y Barrientos como partícipe secundario de las exacciones ilegales agravadas.

La pena estimada es de 7 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para Zúñiga y Velázquez; y de tres años de prisión para Barrientos.

Presidió el acto Daniela Arcuri, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Camila Banfi y Martín Cárcamo, fiscales generales y Cristian Ovalle, funcionario de fiscalía. Por la defensa de Cuellar Gamboa actuó Viviana Barillari, defensora pública; por la de Zúñiga, Velázquez y Barrientos, Guillermo Iglesias; la de Ferreira Almada por Rosa González y José Palacios; en tanto que Alejandro Fuentes ejerció la defensa de Pulley.

ADNSUR está certificado por CMD Certification para la norma CWA 17493 de JTI, octubre 2024-2026. Ver más
¿Querés mantenerte informado?
¡Suscribite a nuestros Newsletters!
¡Sumate acá 👇🔗!
Recibí alertas y la info más importante en tu celular

El boletín diario de noticias y la data urgente que tenés que conocer