Santa Cruz le dice no al protocolo de Patricia Bullrich
Tres profesionales brindaron su opinión respecto a la medida.
RÍO GALLEGOS (ADNSUR) - La Resolución 956 con la que el Gobierno Nacional pretende que ahora los uniformados puedan utilizar armas de fuego contra cualquier ciudadano sospechado de ser un peligro, fue rechazada ampliamente a lo largo y ancho del país. A excepción de algunas provincias, la mayoría repudió la medida en stand by por una cautelar. Santa Cruz se sumó a la negativa.
Santa Cruz le dice no al protocolo de Patricia BullrichEl “Reglamento General para el empleo de armas de fuego” impulsado por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, habilita lisa y llanamente a los agentes del orden a disparar balas de plomo si acaso consideran que están frente a un ciudadano que representa “un peligro”, pero además, sin que siquiera haga falta la voz de alto. La medida se puso en vigencia este lunes con la resolución 956/2018 publicada en el Boletín Oficial, pero casi de inmediato fue frenada en la Ciudad de Buenos Aires por el juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño, Roberto Gallardo, que la consideró “inaplicable” e “inconstitucional”.
En este sentido, la secretaria de Estado de Derechos Humanos de Santa Cruz, Nadia Astrada, le dijo a La Opinión Austral que la habilitación del gatillo fácil “es nefasta”, y que Santa Cruz ya fijó su postura contra la también llamada “doctrina Chocobar” hace algunos días, mediante un comunicado del Consejo Nacional de DDHH donde “expresamos nuestra preocupación porque parece un despropósito manifiesto, combatir la llamada inseguridad con armas de fuego y controlar el reclamo social con igual método”.
El documento habla de una decisión “lamentable” que habilita “la ejecución por la espalda al delincuente”, pero que también “abre la puerta a la legalización de la violencia del Estado, agrede y lastima, severamente, principios identitarios del Estado de Derecho, como lo es el de inocencia, y de que nadie puede ser condenado sin juicio previo”.
Si bien todavía no hubo un pedido oficial al gobierno de Alicia Kirchner para que adhiera a esta resolución que jamás podría tener imperio sobre el Código Penal y la Constitución, ayer el secretario de Seguridad, Lisandro de la Torre, negó que siquiera se esté pensando en aplicar la medida de Bullrich, en sintonía con Jujuy, Salta, Santa Fe, Río Negro, Córdoba y Entre Ríos, que también dijeron que no.
En declaraciones a la radio pública santacruceña, De la Torre consideró que se trata de una decisión basada en intenciones electoralistas y está fundada en mentiras. Cuando asumió el Gobierno, uno de los primeros anuncios que se hicieron fue el de una nueva Ley de Seguridad Pública, la Ley 3.523 que en marzo de este año añadió la Resolución 144 que estableció cómo debe ser la actuación de la Policía de Santa Cruz respecto del uso de arma de fuego letal.
“Esos estándares que impone nuestra legislación se basan en normativa de jerarquía superior a esta Resolución de Nación; además hemos trabajado no en base a supuestos sino a hechos concretos. Hemos reglamentado el uso de armas de fuego con pautas taxativamente expuestas dejando de lado las presunciones”, explicó el secretario a LU14.
Para De La Torre, la medida impulsada por el Ministerio de Seguridad de la Nación “no puede ir en contra de un Código Penal ni de la Constitución Nacional. Además se deja en falta y expuesto al propio personal policial, porque lo motiva a cometer hechos que podrían ser tomados como homicidio agravado”. La Resolución 144 del Ministerio de Gobierno de la provincia, advierte el mecanismo para actuar sobre hechos no punibles, que son los que establece el Artículo 34 inciso 6 del Código Penal, referidos a la legítima defensa.
“Nosotros prevemos cuándo se puede usar arma de fuego, pero taxativamente establecemos causales reales en las que debe hacerse, dejando en claro que es siempre el último recurso. Por eso insistimos en la formación y en la profesionalización de nuestra Policía. A través de la Ley de Seguridad Pública el Gobierno de Santa Cruz impartió reglas claras para dar mayor profesionalismo a todas las agencias policiales” agregó el secretario.
Además, De la Torre sostuvo ayer que Santa Cruz “no puede” sumarse a este tipo de ideas del gobierno macrista, “porque tenemos un proyecto de Seguridad Pública muy claro, basado en diversos estándares que apuntan a la profesionalización de las fuerzas de seguridad”. Vale recordar que el artículo 76 de la Ley de Seguridad Pública de Santa Cruz habla del uso de las armas que implica la probabilidad de ocasionar la muerte o lesiones graves, por lo tanto siempre debe tenerse presente que podrá usarse la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario.
En términos concretos, la ley provincial dice en uno de sus párrafos que “el uso del arma se encuentra limitado exclusivamente a la legítima defensa de la vida o integridad física propia o de un tercero”, y que el uso del arma para otros fines es “un ejercicio abusivo de la función policial” que debe sancionar el Código Penal.
Quien también opinó fue el abogado penalista Carlos Muriete, que le dijo a La Opinión Austral que el reglamento de Bullrich “lleva inseguridad e intranquilidad y atenta contra el derecho a la vida, porque autoriza la ejecución y es la aplicación de la pena de muerte sin juicio previo”.
El letrado del foro local aseguró también que se entiende por uso de la fuerza policial a “cualquier acto de interferencia física aplicado por la Policía para que los individuos hagan o dejen de hacer algo”, y que “esa facultad no puede arrogarse en forma aislada, sino debe estar pautada y controlada, cosa que en el proyecto no se refleja”.
Además, “la restricción física como detención para poder llevar a cabo una pesquisa corporal, o para los casos en que los sospechosos no presentasen identificación o se encontrasen drogas, está regulada en los Códigos de Procedimientos Nacionales y Provinciales, que no requieren nueva regulación o sistematización paralela”, sostuvo Muriete.
Por lo tanto en la doctrina Bullrich “existe una facultad excesiva y otorga una incertidumbre al ciudadano en la explicación del uso de la fuerza física” siempre que a través de la vía reglamentaria “se está derogando el Código Penal y las normas internacionales del respeto a la vida” y que así las cosas, para él la medida es “inconstitucional”.