Tras los nuevos planteos del abogado de los rugbiers que asesinaron a Fernando Baéz Sosa: qué resolvió la Cámara de Dolores
Lo había solicitado Hugo Tomei, defensa de los jóvenes condenados por el homicidio ocurrido en enero de 2020.
Este lunes, se conoció la decisión que tomó la Cámara de Dolores, frente a los nuevos planteos solicitados por Hugo Tomei, defensa de los rugbiers por el homicidio de Fernando Báez Sosa en 2020.
Cabe señalar que los jóvenes se encuentran detenidos en el penal de Melchor Romero, tras ser condenados el pasado lunes 6 de febrero de 2023.
Según informó El Destape, Tomei presentó una apelación acerca de la primera declaración de sus defendidos y también solicitó la recusación del juez de garantías David Leopoldo Mancinelli.
Por otra parte, el abogado de los rugbiers señaló que las actas de las declaraciones de los jóvenes condenados fueron falseadas.
“Puede ser parte de lo que ellos denuncian al haber convalidado en su momento esas indagatorias”, detalló Tomei, respecto a Mancinelli.
QUÉ RESOLVIÓ LA CÁMARA DE DOLORES
“Si hubiesen existido las irregularidades de la entidad que menciona, correspondería haber decretado la nulidad. Y decretada esta, podría abrirse la posibilidad de investigar la posible comisión de delitos de acción pública (siempre siguiendo la hipótesis planteada por los particulares damnificados). Claramente ello acarrearía, una clara incidencia en los actos posteriores (el dictado, por ejemplo, de la prisión preventiva lo que conllevaría a otro delito denunciado: privación ilegal de la libertad)”, detalló la Cámara de Dolores.
Asimismo, explicaron que el “supuesto delito ya ha tenido respuesta, no sólo de parte del Ministerio Público Fiscal en las vistas corridas oportunamente, sino por diversos organismos jurisdiccionales: juez de garantías, esta misma Sala, órganos superiores a esta Sala e, incluso, por el Tribunal que llevó adelante el juicio oral pues, como cuestión preliminar, una vez iniciado el debate, nuevamente desechó la nulidad planteada al respecto”.
Por último, indicaron que “la desestimación de la denuncia, en el hecho (o delito según el recurrente) que debe acreditarse para tener andamiaje el resto de la presentación, ya ha sido analizada y resuelta, como dije en el párrafo anterior, por diversos órganos jurisdiccionales: se ha establecido la plena validez de las declaraciones que, según el criterio del apelante, fueron falsificadas. Esto significa, reitero, que tal extremo ha sido motivo de análisis, valoración y decisión de la jurisdicción".