Un hombre quedó detenido por el crimen del joven dominicano
Durante la audiencia de control de detención le dictaron prisión preventiva por tres meses a Tomás Gutiérrez y al menor de edad, medidas sustitutivas. Están imputados por la muerte de Ariel González Hanser, el joven dominicano asesinado el fin de semana en Araucarias y San Martín.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - El martes al mediodía se realizó la audiencia de control de detención y apertura de investigación en contra de Tomás Gutiérrez y el menor E.N.B, imputados por la muerte de Ariel González Hanser, el joven dominicano asesinado el fin de semana en Araucarias y San Martín.
La fiscal solicitó que se declare legal su detención: Guitiérrez bajo la calificación provisoria de “homicidio simple en concurso real con amenazas con arma de fuego” y para el menor por “amenazas con arma de fuego en concurso real con tenencia ilegítima de arma de guerra”.
Presidió la audiencia Raquel Tassello, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal, se hizo presente Cecilia Codina, fiscal general; la defensa de los imputados fue ejercida por María de los Ángeles Garro, defensora pública y el menor E.N.B. también por Andrea Mac Garva, defensora de menores.
El día lunes se presentaron en sede del Ministerio Público Fiscal y quedaron detenidos. Seguidamente Codina solicitó se les formalice el ilícito acontecido “el día 05 de octubre de 2.019, cuando siendo las 14 horas aproximadamente, en el interior del domicilio ubicado en la planta alta de la intersección de calles Araucarias y San Martín, lindante al domicilio sito en Araucarias 2.597, donde se encontraban sus habitantes-una pareja, junto a un amigo de estos y la víctima Ariel González Hanser. En esas circunstancias, previo abrir la puerta del domicilio con un golpe, ingresó Tomás Gutiérrez. Ante ello González Hanser increpó a Gutiérrez por un hecho del día anterior en el cual el hermano de Gutiérrez –el menor E.N.B. - le había efectuado un disparo con arma de fuego a un conocido.
Simultáneamente el menor E.N.B. se posicionó sobre el cerro lindante al domicilio y desde allí con un arma tipo carabina apuntó hacia la vivienda donde ocurría lo descripto anteriormente.
A los fines que termine la discusión una testigo abrió la puerta de la vivienda y salió a la terraza y advierte que el menor E.N.B. le estaba apuntando con una carabina y da aviso a su pareja quien sale, ve como el menor E.N.B. lo apuntaba a él y a su pareja amedrentándolos de esta manera, y le avisa a Ariel González Hanser de esta situación. Ante ello González Hanser sale portando un arma calibre 380 cargada y con bala en boca y apunta hacia el menor E.N.B.. Tomás Gutiérrez le dijo a González Hanser que no disparara ante lo cual éste respondió que no lo iba a hacer y retornaron al interior de la vivienda González, un testigo y Tomás Gutiérrez. Ya en el interior González Hanser empuja a Tomás Gutiérrez y éste, con claras intenciones de darle muerte, arremete contra González Hanser apuñalándolo en cuatro oportunidades en la zona del tórax con un cuchillo de grandes dimensiones. Seguidamente Gutiérrez apuntó en la cabeza a un testigo con el arma calibre 380 que tomó de la vivienda intimidándolo, para luego huir del lugar.
Ariel González Hanser falleció a causa de “shock hipovolémico irreversible por heridas múltiples de arma blanca en tórax”, dado a que tres de ellas fueron penetrantes, perforando dos las puñaladas ambas aurículas del corazón.
La fiscal asimismo solicitó el plazo de tres meses de investigación y la prisión preventiva de Tomás Gutiérrez por el mismo término con el fin de cautelar el proceso. “Existen elementos de convicción suficientes para tener a Gutiérrez como probable autor del hecho que se investiga” aseguró. Existen los peligros de fuga y de entorpecimiento de la investigación, por las circunstancias graves del caso y la pena en expectativa.
Respecto del menor Codina solicitó medidas sustitutivas a la prisión preventiva, por los elementos de convicción en su contra y la gravedad de las circunstancias estaba con una carabina. Requiriendo presentaciones periódicas ante la Oficina Judicial y prohibición total de acercamiento y comunicación con las víctimas y testigos.
La defensa respecto al hecho y la calificación discrepa con el Ministerio Público Fiscal aunque “entiende que la calificación es provisoria”. No objetó el plazo de investigación solicitado por la fiscal, pero sí el mantenimiento de la prisión preventiva de Tomás Gutiérrez. Su asistido tiene trabajo formal y la fiscal fundó su pedido de prisión preventiva en la pena en expectativa, con un mínimo de 8 años, y ante el pedido de detención ambos imputados se presentaron de forma voluntaria en fiscalía. Así el peligro de fuga se debilita en este caso, sostuvo la defensa. Asegurando que Tomás Gutiérrez tiene arraigo en la ciudad y no posee antecedentes penales. Concluyendo que “es prematuro solicitar una prisión preventiva, que es una medida de última ratio, sabiendo que no hay peligro de fuga y ya que la misma puede sustituirse con una medida sustitutiva. La misma medida sustitutiva que solicitó la fiscal para el menor procedería para Tomás Gutiérrez, aseguró la defensora.
Finalmente la jueza penal resolvió declarar legal la detención de ambos imputados y dio por formalizada la apertura de investigación del caso en su contra, por el hecho y la calificación legal esgrimida por la acusadora pública, dándolos por anoticiados del mismo y por asegurada su defensa técnica. Otorgando el plazo de tres meses de investigación, dictando la prisión preventiva de Gutiérrez por tres meses ya que “debe protegerse la investigación, la gravedad del hecho y los elementos de convicción para tenerlos como probable autor del hecho”. También existen los peligros de fuga y de entorpecimiento. Dictando medidas sustitutivas para el menor con presentaciones y prohibición de acercamiento y comunicación con los testigos.