BUENOS AIRES - El Gobierno nacional publicó este lunes el nuevo decreto que extiende la cuarentena por coronavirus hasta el 8 de noviembre. Tal como había sido anticipado, se mantiene la mayor parte de los lineamientos establecidos hace dos semanas. Las principales novedades se encuentran en el listado de localidades que deberán cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) y la autorización para reabrir las fronteras con miras a la temporada turística.

El decreto 814/2020 detalla qué localidades quedan bajo el ASPO y en cuáles regirá el distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO).

Son siete las provincias autorizadas a funcionar, en su totalidad, en la modalidad DISPO, más laxa que el aislamiento y con más actividades permitidas. Se trata de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones y Jujuy.

La provincia del noroeste es la única que no aparecía en el decreto pasado. La normativa destaca que, al igual que a inicios de mes, continua la disminución de casos en las últimas semanas" y muestra una mejora en la ocupación de camas de terapia intensiva (51% a nivel provincial, 64% en el departamento de Manuel Belgrano).

En cuanto al ASPO, con respecto al decreto anterior se incluyen varias localidades bonaerenses, en Río Negro, San Luis y Chubut. Sigue comprendida en su totalidad la Ciudad de Buenos Aires y los 35 partidos bonaerenses del AMBA, pero también se suman nueve departamentos de la Provincia de Buenos Aires.

El listado de zonas en aislamiento social, preventivo y obligatorio es:

Ciudad de Buenos Aires;

Provincia de Buenos Aires: departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás, Capitán Sarmiento, General Belgrano, General Madariaga, Laprida, Pila, Pinamar, Saladillo, San Cayetano, Tordillo y Tandil, además de los 35 partidos del AMBA;

Chaco: departamentos de San Fernando, Comandante Fernández, Mayor Luis Jorge Fontana y Chacabuco;

Córdoba: departamentos de Capital, Santa María, Punilla, Colón, Tercero Arriba y General San Martín;

Chubut: Biedma, Escalante, Rawson, Gaiman y Sarmiento;

La Rioja: Chilecito (ya no Capital);

Mendoza: departamentos de Capital, Luján de Cuyo, Las Heras, Maipú, Guaymallén, Godoy Cruz, Tunuyán y Tupungato; 

Neuquén: aglomerados de las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala;

Río Negro: aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y los departamentos de General Roca y Adolfo Alsina;

Salta: Capital (ya no Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes y La Caldera);

San Juan: Rawson y Capital;

San Luis: Capital y General Pedernera;

Santa Cruz: aglomerados de la Ciudad de Río Gallegos, El Calafate, Puerto Deseado y Caleta Olivia;

Santa Fe: Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos;

Santiago del Estero: Capital y La Banda;

Tierra del Fuego: Río Grande;

Tucumán: Capital.

Qué pasará con las fronteras

El decreto prorroga la prohibición de ingreso a la Argentina para extranjeros no residentes en el país. Sin embargo, abre la puerta a la llegada de turistas de países limítrofes en la temporada de verano.

En ese sentido, el texto faculta a Migraciones a establecer "excepciones" a esa prohibición.

Los permisos que eventualmente se otorguen tendrán el objetivo de "atender circunstancias de necesidad" y de poner en práctica el desarrollo de "actividades especialmente autorizadas" por la Jefatura de Gabinete.

La aclaración incluida en esta extensión de la cuarentena obedece al reciente anuncio del plan para que los turistas de países limítrofes puedan visitar la Argentina en las vacaciones de verano.

"Estamos pensando en que puedan volver a ingresar turistas extranjeros de países limítrofes, de Uruguay, Paraguay, Brasil, Bolivia y Chile. Hemos trabajado toda la semana con el ministerio de Salud para poner las condiciones para que esto pueda suceder", dijo este sábado Matías Lammens, ministro de Turismo y Deporte.

Si bien aún falta que se reglamente, los visitantes podrían ingresar por vía aérea a través del aeropuerto Ministro Pistarini, de Ezeiza, y por vía fluvial a través de la terminal de ferry de Puerto Madero (para quienes lleguen desde Uruguay).

El protocolo constaría de test negativo de Covid-19, sin cumplimiento de los catorce días de confinamiento obligatorio.

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