Corte Suprema: buscan limitar el rechazo de recursos extraordinarios
Hoy los rechaza a su "discreción" y sin fundamentos. El proyecto ya ingresó en el Senado.
CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) - El senador nacional Juan Mario Pais presentó un nuevo proyecto de ley a fin de modificar el Artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación a los efectos de limitar la facultad de la Corte Suprema para rechazar recursos extraordinarios “según su sana discreción” y sin fundamento alguno, tal cual le posibilita la norma vigente.
La actual redacción del artículo 280 se realizó en su momento con la finalidad de aliviar la sobrecarga de trabajo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante el otorgamiento de expresas facultades para rechazar de los recursos extraordinarios ya sea por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultases insustanciales o carentes de trascendencia.
“Sin embargo, no sólo no ha sido una medida eficaz para descongestionar las tareas de la Corte Suprema -ya que todos los expedientes que llegan al tribunal por esta vía tramitan de igual modo, sea que finalmente resulten admitidos o rechazados- sino que va en contra de la exigencia constitucional de motivar y fundar a todas las sentencias”, señaló Pais.
En este sentido, la iniciativa propone la eliminación de la frase “según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma” del texto vigente, de manera que la Corte no se limite –al rechazar el recurso extraordinario– a remitirse a la mencionada disposición sin dar más razones de su actuar, sino que por el contrario se requiere que el máximo Tribunal exprese los motivos que la llevaron a tomar tal decisión, es decir, por “decisión razonablemente fundada”, tal como fue legislado recientemente en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
“Es un problema real la gran cantidad de causas que llegan a la Corte, pero esto no se resuelve con la aplicación de este doble estándar actual donde se exige que todas las sentencias sean fundadas salvo, en el caso de los recursos extraordinarios, las del máximo tribunal del país. Es una situación que inclusive puede generar la responsabilidad internacional para el Estado argentino por violación de la garantía del debido proceso”, remarcó el legislador chubutense.