Esta tarde, el Gobierno presentó el proyecto de juicio en ausencia para juzgar a los acusados del atentado a la AMIA. Así lo señalaron el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. El encuentro contó con la presencia destacada del secretario de Justicia, Sebastián Amerio, junto a Roberto Isaac Churba, de la Unidad Especial de Investigación del Atentado a la Sede de la AMIA, y el jefe de Gabinete de Seguridad, Carlos Manfroni. 

El objetivo del proyecto es avanzar con los procesos judiciales, aún sin al presencia de los acusados del delito. Cabe señalar que el proyecto en cuestión tiene como objetivo reformar el Código Procesal Penal, aprobado por Ley Nº 23.984, y el Código Procesal Penal Federal.  

“Hace 30 años volaron la AMIA los iraníes. No pueden ir presos porque están prófugos y escondidos, pero no se puede hacer nada. Esta ley nos va a permitir juzgarlos igual. Vamos a hacer el juicio y con todas las pruebas podremos mandar una orden de captura internacional”, recordó Cúneo Libarona. Cabe recordar que el atentado a la sede de la AMIA sucedió el 18 de julio de 1994 y tuvo 85 víctimas fatales.

El atentado a la sede de la AMIA sucedió el 18 de julio de 1994 Foto: Archivo

Asimismo, reconoció que “si el imputado no comparece o se fuga, seguirá el juicio sin su presencia con una defensa bien resguardada”. Además, remarcó que “se debe terminar con esa costumbre de los juicios en los cajones y archivos”. “El sufrimiento de las víctimas y de la sociedad lo demandan y es nuestra responsabilidad”, agregó.

Por su parte, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich explicó que “esta es una respuesta del presidente Javier Milei a la sociedad argentina que todos los días siente que hay impunidad”. Además, reveló que “estamos dando un paso importantísimo en la igualdad de toda víctima frente a la Justicia”.

“El sufrimiento de las víctimas y de la sociedad lo demandan y es nuestra responsabilidad”, agregó Cúneo Libarona

Por otra parte, se supo que el juicio en ausencia se aplicará en una serie de delitos graves, entre los que se incluyen el genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra y crimen de agresión, contemplados en el Estatuto de Roma de La Corte Penal Internacional.

También se mencionan delitos de desaparición forzada de personas, establecidos en la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, así como aquellos relacionados con la convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Asimismo, se hacen referencia a delitos de financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva, contemplados en el Código Penal, y a aquellos que podrían ser considerados como terrorismo según el art. 41 quinquies del mencionado Código.

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