Las causas judiciales salpican a rectores y funcionarios de la Universidad
A la indagatoria a Ayape se suma el caso de Bersán y Cambareri.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia rechazó el martes pasado el sobreseimiento de Roque Cambareri de la causa que lo involucra en una presunta malversación de caudales públicos en la Universidad Nacional de la Patagonia “San Juan Bosco”. El defensor particular había reclamado al TOF que declare la inocencia de su pupilo, “por retardo de justicia y considerar vulnerado el derecho de ser juzgado en un plazo razonable”.
Pese a que no mantienen relación una con la otra, las denuncias e investigaciones judiciales en la Universidad local volvieron a instalarse la semana pasada, con un caso que salpica al actual rector a raíz de la adulteración de actas en la carrera de Derecho. La fiscal federal subrogante de Rawson, Romina Patiño, le pidió formalmente al juez Hugo Sastre que llame a indagatoria al docente Pablo Pugh, al decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Augusto Ferrari, y al actual rector de la UNPSJB, Alberto Ayape, para que den explicaciones por el escándalo de la adulteración de libros de actas en esa casa de altos estudios. Ahora decidirá el magistrado.
El caso estalló en mayo de 2015, cuando se supo de la presunta adulteración de libros de actas de la Sede Trelew de Ciencias Jurídicas. Dos empleadas administrativas habrían advertido que el secretario de Investigación y Posgrados, Pugh, habría intervenido con su firma y sello actas de los libros consignando siete materias aprobadas por un alumno.
Cuando el decano lo supo, según las denunciantes Pugh habría vuelto a intervenir los libros, para anular la intervención anterior. Las empleadas se lo informaron a los docentes cuyas firmas habrían sido falsificadas. A partir de ese momento, Pugh habría retirado los libros de la Facultad. Poco después, trascendió por las redes sociales que Pugh habría hecho sacar fotocopias autenticadas de las actas y se dijo que no presentaban alteraciones.
LA CAUSA QUE INVOLUCRA A BERSÁN
Pese a que no se trata de causas relacionadas, las investigaciones judiciales en torno a funcionarios de la Unviersidad tienen su historia y coletazos a mas de 10 años de las denuncias. Los jueces Enrique Guanziroli, Pedro de Diego y Nora Cabrera de Monella recordaron la semana pasada que las denuncias que originaron la causa datan de fines de 2005, momento en que ocurrió el hecho, y no desde 2003, como pretendía el argumento del defensor. Se trata del caso que también involucra al exrector Hugo Bersán, y que hace más de diez años denuncio el auditor de la casa de altos estudios, el contador Carlos Padín. La imputación es que entre 2003 y 2005 hubo contrataciones ilegales, generación de endeudamiento público y pago de gastos personales con fondos públicos.
“Así tampoco existieron planteos dilatorios de las partes, ni resoluciones sobre cuestiones fácticas o jurídicas que hayan dilatado en forma irrazonable o caprichosamente el proceso, por lo tanto no se ha configurado supuesto alguno de retardo injustificado de justicia, como pretende la defensa particular del Sr. Cambareri”, escribieron.
De acuerdo a la decisión del TOF, “si bien el defensor ha alegado la violación a la garantía a ser juzgado en un plazo razonable, tampoco se encuentra suficientemente fundado en dicho aspecto, pues no ha explicado de qué modo se habrían violado y cuales garantías y principios constitucionales que invoca, ni logra demostrar que en el caso se verificó una prolongación injustificada del proceso que permita considerarla como irrazonable”.
Los tres magistrados, en un fallo del 7 de junio, recordaron que particularmente en el expediente que involucra a Cambareri “la complejidad de la prueba y el ejercicio que por derecho propio corresponde a los imputados, y han llevado a cabo, han determinado el tiempo transcurrido a la fecha”.
“Al considerar la jurisprudencia y el estado de la investigación, en lo absoluto se evidencian irregularidades dilatorias, en una causa que actualmente se encuentra en plena producción de pruebas; resulta la ausencia de conculcación de derechos que se pretende, por lo cual el planteo es rechazado”.
En otra decisión vinculada al tema, el TOF decidió esperar un tiempo ante el pedido del defensor de Bersán, quien para ahorrar tiempo solicitó que esta causa se acumule con otro caso que también involucra al exjefe de la UNPSJB también por presunta malversación. La idea era hacer un solo juicio oral. Este segundo caso trata de anticipos sin rendir de 1998, 1999, 2000 y 2003.
Los jueces consideraron que no es el “tiempo procesal” oportuno. Por eso por ahora los expedientes seguirán caminos separados pero es posible que se integren al final ya que se trata de los mismos delitos, el mismo acusado y la misma institución damnificada, en la misma gestión. “Sin embargo, la acumulación como se pide, a la fecha, aún no puede ser dispuesta, por encontrarse las causas en distinto estadio, una de ellas pronta a fijar fecha de audiencia de debate”, advirtió el TOF.
En este escenario, un dato central de la sentencia del Tribunal es que citó a las partes a “la audiencia del artículo 293 del Código Procesal Penal de la Nación”. Ese artículo habilita suspender el juicio a prueba. “En la oportunidad que la ley penal permita la suspensión de la persecución, el órgano judicial competente podrá conceder el beneficio, en audiencia única, donde las partes tendrán derecho a expresarse -dice-. Cuando así ocurra, el órgano judicial competente en la misma audiencia especificará concretamente las instrucciones e imposiciones a que deba someterse el imputado”. O sea: la chance de que Bersán y Cambareri eviten sentarse en el banquillo.