Este martes a la madrugada fue publicado en el Boletín Oficial, el Decreto 84/2023 que establece la baja de unas 7 mil contrataciones desde el 1° de enero de 2023.  La medida  contempla que se revisará la situación de cada uno de los trabajadores del Estado que están en funciones para evaluar su continuidad.

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) fue firmado por el presidente de la Nación, Javier Milei y sus ministros. La medida alcanza a cerca de siete mil empleados de distintas áreas del Gobierno. Son excluidos únicamente aquellos que cumplen funciones en empresas o sociedades estatales.

El artículo 1° establece que “las contrataciones de personas que hayan iniciado a prestar servicios a partir del 1 de enero de 2023, en los organismos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la ley 24.156, no serán renovadas”.

Tal como ya lo había anunciado Javier Milei, se avanzará en una revisión en las contrataciones del último año.

De esta manera, se abarca a los empleados transitorios “y de toda otra modalidad de contratación que concluya al 31 de diciembre de 2023″, de toda la administración nacional, así como también a los entes públicos, incluidos, por ejemplo, la ANSeS, el PAMI y la AFIF.

Además de los trabajadores de planta permanente, que no serán afectados, se excluye también a las contrataciones “derivadas de cupos regulados por ley u otro tipo de protecciones especiales” y al personal que “haya estado prestando tareas con fecha previa al 1 de enero de 2023 y haya cambiado su modalidad”, según publica Infobae.

No obstante, se permitirá la renovación de aquel “que el titular de cada jurisdicción evalúe que resulte indispensable para el funcionamiento” de la misma, aunque “de manera restrictiva y de manera fundada que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento”.

El DNU firmado establece que las autoridades de cada área del Estado Nacional deberán realizar “un relevamiento exhaustivo” de los empleados “cuya fecha de ingreso a la administración sea previa al 1 de enero de 2023, con el fin de evaluar” su continuidad.

En todos los casos, según aclara el texto, si se opta por renovar la contratación, se “deberá fundar la decisión, demostrando la necesidad” de mantener a ese trabajador, cuyo vínculo laboral no podrá extenderse “por un periodo mayor a noventa (90) días corridos”.

 Y casi en paralelo,  a través  Decreto 77/2023, se prorrogó la prohibición de contratar nuevos empleados en el Estado que había establecido el año pasado Alberto Fernández.

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