El nombre propuesto por el gobernador Ignacio Torres para cubrir la vacante en la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia del Chubut, es el de Javier Gastón Raidan: abogado penalista oriundo de Avellaneda, de 54 años, quien fue parte del Ministerio de Justicia en épocas del segundo mandato de la Presidenta Cristina Kirchner.

Así lo expresa en su currículum, que será publicado esta semana en el Boletín Oficial y en medios provinciales, como marca la ley sancionada en 2016, antes de ser enviado a la Legislatura, donde deberá cumplir una serie de pasos que incluyen una entrevista pública en una sesión especial antes de someterse a una votación en la que necesita mayoría calificada de 18 votos.

El nombre de Raidan había sido anticipado en exclusiva por ADNSUR hace un mes, dentro de otros candidatos que Torres tenía en carpeta. Finalmente se confirma su postulación de manera oficial, y ahora comenzará un proceso que llevará aproximadamente 45 días para que se defina o no su ingreso a la corte chubutense.

Voceros cercanos al gobernador Torres dicen que los vínculos de Raidan con el fuero federal, especialmente sus contactos con los tribunales de Comodoro Py, así como con la Corte Suprema, habrían sido determinantes para su elección, en una mirada que buscará apuntar a un fuero específico contra el narcomenudeo y la lucha contra el tráfico de droga, a través de un trabajo articulado con la Procelac.  

¿Cuáles son los antecedentes de este penalista bonaerense? ¿En qué causas participó como defensor? ¿A quiénes representó? ¿Tuvo alguna participación política o cercanía con alguna gestión de gobierno? Todas preguntas que seguramente formarán parte del cuestionario de los legisladores y que vamos a comenzar a anticipar en esta columna.

Los vínculos de Raidan con Chubut empezaron hace algún tiempo atrás: una de sus residencias habituales es Puerto Madryn, y ya se matriculó en el Colegio de Abogados de Trelew. Casado en primeras nupcias, padre de tres hijos, nació el 23 de marzo de 1970, en Avellaneda, provincia de Buenos Aires.

Se recibió en 1994 con el título de abogado con orientación en Derecho Penal, en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires (UBA). Se desempeña desde hace 30 años en el ámbito privado y está matriculado en Colegio Público de Abogados de la Capital Federal; en el Colegio de Abogados Avellaneda-Lanús, en el Colegio Público de Abogados de la Circunscripción Judicial de Trelew y en la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata.

Hace un mes, Raidan (segundo desde la izquierda) participó de una charla en la Facultad de Derecho de la UNPSJB en Puerto Madryn.

En su currículum expresa que está “especializado en derecho penal, con vasta experiencia tanto ejerciendo el rol de defensor como el de acusador particular, en etapa instructoria y en debates orales, así como en la etapa recursiva ante los correspondientes Tribunales revisores y la CSJN”.

Además, es titular de la firma Raidan & Asociados desde el año 1996, y entre sus funciones, fue asesor del Ministerio de Justicia de la Nación (Periodo 2014-2015), asesor de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires (Periodo 2014 – 2016), director de la Caja de Previsión Social de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (Periodo 2014-2018) y miembro Fundador y Miembro del Tribunal de Disciplina del Colegio Abogados de Avellaneda- Lanús (Periodo 2018-2022).

Causas resonantes

Los antecedentes de Raidan, quien es hincha del club Independiente de Avellaneda donde dicen tuvo activa participación años atrás, lo ubican en causas de gran resonancia, aunque no tiene el perfil mediático de un abogado como Fernando Burlando, por citar un caso emblemático.

Su primera participación en un caso fuerte fue en el juicio por los asesinatos de los activistas sociales Maximilano Kosteki y Darío Santillán, en lo que públicamente fue conocida como la Masacre de Avellaneda y que a la postre fue un desastre político que terminó con el mandato del ex presidente Eduardo Duhalde en 2002.

En el juicio que hizo tiempo después., Raidan defendió a los policías Mario de La Fuente, Gastón Sierra y Francisco Robledo, acusados por coautoría y encubrimiento en la muerte de los dos militantes de izquierda. El primero fue condenado a cuatro años y los otros dos, a penas en suspenso.

Otro caso famoso en el que intervino Raidan fue como defensor de Adrián Napolitano, conocido popularmente como “Panadero”, quien en mayo de 2015 fue grabado por las cámaras de la Bombonera tirando gas pimienta contra los jugadores de River en un partido de Copa Libertadores que finalmente fue suspendido.

El "Panadero" de Boca fue uno de los defendidos por Raidan.

En alguna oportunidad, Raidan también fue abogado del grupo de rock Viejas Locas, y en 2022, en otro caso relevante y mediático, representó a los 19 tripulantes del avión venezolano-iraní que quedaron retenidos en Ezeiza, en un Boeing 747-300 que pertenecía a la compañía venezolana Emtrasur, y que había sido pedido por la Justicia y el gobierno de Estados Unidos, a raíz de la transferencia irregular por parte de la aerolínea iraní Mahan Air.

Fue un caso diplomático de enorme envergadura, ante el planteo de Estados Unidos de que la empresa venezolana accedió a que el avión viajara desde Caracas a Teherán y Moscú, luego de lo cual pisó suelo argentino en medio de una situación que entonces no llamó la atención de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA).

El avión venezolano-iraní retenido en Ezeiza en 2022.

Cuando el avión quiso despegar hacia Uruguay, el país vecino le negó el aterrizaje y la aeronave debió volver entonces a Buenos Aires para cargar combustible, cuando quedó retenida en el país al igual que los tripulantes: quince venezolanos y cuatro iraníes -representados por Raidan- que fueron investigados y se les dictó la falta de mérito, por lo que dejaron el país.

Fallo inédito

Por otra parte, Raidan logró -esta vez como acusador- una condena inédita por parte del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial Avellaneda-Lanús: una sentencia a seis años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo al dueño de tres perros que atacaron y mutilaron a un hombre en la localidad de Wilde, al sur del Conurbano Bonaerense.

El hecho sucedió el 19 de abril de 2021 cuando la víctima, Claudio Gómez, diseñador gráfico y técnico de aires acondicionados, fue sorprendido por tres canes de raza Fila Brasilero. El hombre de 51 años fue mordido por los tres animales, a tal punto que perdió uno de sus brazos, quedó con poca movilidad en otro y resultó con una herida permanente en una de sus piernas, situación que le impide caminar.

Las imágenes del ataque de los canes fueron grabadas por una cámara y difundidas en los medios.

Tras la investigación, en la que se analizaron pruebas testimoniales y periciales, el magistrado Pizzolo condenó a Jorge Fernando Sofraniciuk como "autor penalmente responsable del delito de Lesiones Gravísimas dolosas".

En declaraciones televisivas, Raidan dijo que el hecho "fue brutal. Uno de los perros le comió literalmente el brazo derecho. Otro le comprometió seriamente el izquierdo; y el tercero le dejó secuelas irreparables en su pierna izquierda. De hecho, tras el ataque, mi cliente quedó discapacitado de por vida. Estuvo internado tres meses en terapia intensiva. El hecho fue gravísimo".

Se cree que el fallo sentará jurisprudencia ya que se trató de una condena ejemplar y única que permitirá sancionar a los responsables/dueños de los perros categorizados como "potencialmente peligrosos", y además, las condenas se agravarían si no se aplican los cuidados y medidas de seguridad impuestos por la ley para prevenir estos casos.

Residencia y género

Dos puntos se van a analizar seguramente en la discusión que se abrirá con el pliego que enviará el gobierno: además de los antecedentes de Raidan, seguramente se discutirá el hecho de que no es de Chubut, y que es hombre. 

Respecto al primer tema, la cuestión de la residencia no es exigida por la Constitución, y de hecho, Ricardo Napolitani es alguien quien -si bien tuvo su crianza en Comodoro Rivadavia- hace años que vivía en Buenos Aires luego de vivir en Santa Cruz, por poner un ejemplo.

El artículo 164 de la Constitución expresa que “para ser miembro del Superior Tribunal de Justicia, Procurador General y Defensor General se requiere ser ciudadano argentino, tener título de abogado y acreditar por lo menos doce años de ejercicio de la abogacía o de la magistratura judicial”.

Luego el artículo 166 establece que “los Ministros del Superior Tribunal de Justicia, el Procurador General y el Defensor General son designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Legislatura, prestado con el voto de los dos tercios del total de sus miembros”.

Posteriormente en 2016 se sancionó la Ley V N° 152, que consta de 14 artículos y que reglamenta los artículos 164, 165 y 166 de la Constitución, poniendo una serie de mecanismos previos al tratamiento por parte de la Legislatura.

Silvia Bustos y Camila Banfi, las dos mujeres del STJ.

Respecto a la cuestión de género, el artículo 4° expresa “dispónese que, al momento de la consideración de cada propuesta, se tenga presente, en la medida de lo posible, la composición general del Superior Tribunal de la Provincia del Chubut, para posibilitar que la inclusión de nuevos miembros permita reflejar las diversidades de género, especialidad y procedencia regional en el marco del ideal de representación provincial”.

Es decir que la redacción de la ley no es taxativa, no hay obligación de “paridad de género”, tema que por el momento queda en un planteo político de la Asociación de Magistrados, que a través de un comunicado, planteó que ante la vacante de Daniel Báez, el lugar debería corresponder a una mujer local, de Chubut, para que la corte provincial quede repartida en igualdad de lugares femeninos y masculinos.

Hay que recordar que de los cinco miembros actuales, hay dos mujeres que son Silvia Bustos y Camila Banfi, las primeras en llegar a ese cargo en más de 60 años.

Inminente publicación

La citada ley establece una serie de pasos que deben seguirse previo a una postulación para el STJ. En el artículo 5, indica que “producida una vacante en el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Chubut, en un plazo máximo de noventa (90) días, se publicará en el Boletín Oficial y en por lo menos dos (2) Diarios de Circulación Provincial, durante Tres (3) días, el nombre y los antecedentes curriculares de la o las personas que se encuentren en consideración para la cobertura de la vacancia. En simultáneo con tal publicación se difundirá en la página oficial de la red informática del Ministerio de Gobierno”.

En el artículo 6° la ley establece que “las personas incluidas en la publicación que establece el artículo anterior deberán presentar, un certificado homologado por profesionales idóneos integrantes del Sistema de Salud Pública de la Provincia del Chubut, en donde quede debidamente probada la aptitud física y psíquica necesarias para el desempeño de la Magistratura, considerando que la ausencia de las mencionadas habilidades figuran entre las causales de destitución que enumera el artículo 165 de la Constitución de la Provincia del Chubut”.

“Asimismo, deberán presentar una declaración jurada con la nómina de todos los bienes propios, los de su cónyuge y/o los del conviviente, los que integren el patrimonio de la sociedad conyugal, y los de sus hijos menores, en los términos y condiciones que establece la Ley de Ética de la Función Pública y su Reglamentación”.

También se dispone que “deberán adjuntar otra declaración jurada en la que incluirán la nómina de las asociaciones civiles y sociedades comerciales que integren o hayan integrado en los últimos ocho (8) años, los estudios de abogados a los que pertenecieron o pertenecen, si desarrolló actividad académica, y quienes formaron parte de la misma cátedra, la nómina de clientes o contratistas de por lo menos los últimos ocho (8) años”.

Y se pide que “deberán adjuntar a las presentes declaraciones Certificación del Registro Provincial de Alimentantes Morosos y Certificado de Antecedentes Penales del Registro Nacional de Reincidencia”.

Este trámite se va a cumplir en esta semana, según pudo saber ADNSUR, ya que el Poder Ejecutivo cuenta con toda la documentación que Raidan ya envió y está lista para ser publicada.

Plazos

En el artículo 7° de la ley, se indica que “los ciudadanos en general , las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos, podrán en el plazo de quince (15) días a contar desde la última publicación en el Boletín Oficial, presentar al Ministerio de Gobierno, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones, y circunstancias que consideren de interés  expresar en relación de los incluidos en el proceso de preselección, bajo declaración jurada respecto de su propia objetividad respecto de los propuestos”.

Y en el artículo 9° se establece que “en un plazo que no deberá superar los quince (15) días a contar desde el vencimiento del establecido para la presentación de las posturas u observaciones, haciendo mérito de las razones que abonaron la decisión tomada, el Poder Ejecutivo Provincial, dispondrá sobre la elevación o no de la propuesta respectiva”.

Mercedes García Blanco fue la primera aspirante al STJ en exponer ante diputados con la nueva ley. (Foto archivo Jornada)

En el artículo 11°, expresa que “recepcionadas las actuaciones, se convocará dentro del plazo de treinta días (30) a una sesión especial, tal como lo estipula la Constitución Provincial en el artículo 132 y el Reglamento Orgánico de la Legislatura, con la presencia de los candidatos propuestos por el Poder Ejecutivo”.

Indica que “los legisladores propondrán las preguntas que entiendan conducentes para la evaluación del/ los candidatos a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Honorable Legislatura; entre las que no podrá soslayarse, informen respecto del compromiso con la democracia y la defensa de los derechos humanos, para lo cual se confeccionará el pliego de preguntas que serán entregadas a los candidatos con una anticipación no menor a cinco (5) días de la sesión especial”.

Agrega que “una vez comunicado el pliego de preguntas al/los candidatos, el mismo no podrá ser ampliado; pudiendo efectuar únicamente en la sesión especial los diputados, preguntas adicionales en virtud de las respuestas recibidas por los candidatos y aquellas tendientes a que se exponga respecto de proyectos y objetivos en relación a la política judicial”.

Las pocas imágenes publicadas en redes de Javier Raidan, de bajo perfil.

Finalmente, el artículo 12° dispone que “una vez efectuado el proceso dispuesto por la presente Ley, los pliegos deberán ser considerados por la Honorable Legislatura en la primera sesión ordinaria/extraordinaria posterior a la fecha de la sesión especial”.

A juzgar por todos los pasos previos, se espera que en el mes de junio se de la votación sobre Raidan, una de las primeras medidas que tendrá el gobierno de Ignacio Torres para ver su nivel de consenso legislativo para obtener mayorías especiales. Necesitará 18 votos, una cantidad que hoy no parece difícil de conseguir con un bloque oficialista de 16, más diputados aliados y un candidato que tiene antecedentes simpáticos para el bloque peronista.

ADNSUR está certificado por CMD Certification para la norma CWA 17493 de JTI, octubre 2024-2026. Ver más
¿Querés mantenerte informado?
¡Suscribite a nuestros Newsletters!
¡Sumate acá 👇🔗!
Recibí alertas y la info más importante en tu celular

El boletín diario de noticias y la data urgente que tenés que conocer