Tras el atentado a la vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, que generó un amplio repudio en Comodoro y todo el país, el diputado del Frente de Todos (FdT) Ramiro Gutiérrez presentó en las últimas horas un proyecto de ley para incorporar al magnicidio y homicidio por odio político al artículo 80 del Código Penal, un delito que contempla la posibilidad de reclusión o prisión perpetua.

“Por instrucción de (ministro de Economía) Sergio Massa presenté un proyecto de Ley para incorporar al magnicidio y homicidio por odio político, al Art. 80 de nuestro Código Penal”, publicó el legislador por Twitter.

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Tweet de Ramiro Gutierrez

El diputado por la provincia de Buenos Aires expresó que “hay un vacío legal intolerable" y agregó que "sería importante el acompañamiento de todas las fuerzas políticas”.

Según manifestó en los fundamentos del proyecto, “nuestro ordenamiento jurídico preveía una pena de prisión perpetua, conforme a lo establecido en el inciso 4, Artículo 80 del Código Penal de la Nación, para aquellos homicidios cometidos por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión, dejando fuera aquél cometido en razón de odio político, motivo por el cual es menester esta modificación”.

“Asimismo, y tal como fuera manifestado con anterioridad, existe en la actualidad un vacío legal con respecto al magnicidio, por lo que se incorpora al Artículo 80 del Código Penal de la Nación el inciso 13. Como mujeres y hombres de democracia es indispensable su urgente incorporación al ordenamiento penal argentino”, consideró.

Tal como detalla La Voz, el legislador pide que en el enunciado principal del artículo 80 del Código Penal, que dice “se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare…”, se agregue una decimotercera definición que contemple “al Presidente o al Vicepresidente de la Nación Argentina, o cuando la víctima fuere autoridad judicial, del Ministerio Público o miembro del Poder Legislativo, cuando el delito fuese cometido por su rol, o en ocasión o en el ejercicio de su cargo o función”.

En el inciso cuatro se enumera la palabra ‘político’, por lo que quedaría redactado de la siguiente manera: “Por placer, codicia, odio racial, religioso, político, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”.

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