La Legislatura sancionó con el voto de todos los bloques, la modificación de una ley que era pedida por las autoridades del ISSyS, y que buscaba cortar una desigualdad que existía respecto a la obra social Seros y los empleados del Banco del Chubut.

Los bancarios tenían el beneficio de poder elegir cualquier cobertura de prepaga durante su etapa activa, pero teniendo la cobertura de Seros a partir de su jubilación, lo que desde el instituto implicaba una afectación a sus cuentas y era una injusticia respecto al resto de los trabajadores.

Este aspecto fue subsanado, aunque en la previa hubo varias desprolijidades en el trabajo en comisión, lo que obligó a la presidenta de la comisión de Salud, Sandra Willatowski, a forzar una votación con mayoría especial para tratar sobre tablas el nuevo dictamen con reformas de última hora.

La nueva ley fue aprobada este jueves en la Legislatura, de forma unánime.
La nueva ley fue aprobada este jueves en la Legislatura, de forma unánime.
Legislatura del Chubut

Finalmente lo que se aprobó, sustituye la Ley XVIII N°12, que regula el régimen de prestaciones de salud y asistenciales para el personal de la Administración Pública Provincial y Entidades Descentralizadas, de las Corporaciones Municipales que se adhieran y de los beneficiarios del Instituto de Seguridad Social y Seguros de la Provincia de Chubut.

Desde ahora, “también estarán comprendidos en este régimen de prestaciones, los empleados del Banco del Chubut S.A., con excepción de los actuales trabajadores de la entidad crediticia que opten, dentro del pazo de noventa días (90) de publicada la presente ley, por no pertenecer al mismo”.

Dicha opción tendrá carácter irrevocable y la excusión del régimen de prestaciones de salud y asistenciales persistirá aun cuando se les otorgue el beneficio de jubilación ordinaria en el marco de la Ley XVIII N°32, o la que en un futuro la reemplace”, aclara la ley.

Respecto al futuro, establece que “serán afiliados Obligatorios Directos al régimen de la presente ley, todas las personas en actividad en relación de dependencia con el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Organismos Descentralizados y similares de la Administración Pública Provincial, el Banco del Chubut S.A. y los jubilados y pensionados del Instituto de Seguridad Social y Seguros de la Provincia del Chubut”.

“Quedan obligatoriamente comprendidos, si la relación de empleo se estableciera mediante contrato y/o cualquier otra modalidad con un plazo mayor de tres (3) meses, los funcionarios, empleados, agentes y obreros que en forma permanente, transitoria o accidental perciban remuneraciones o retribuciones de los entes citados em el párrafo anterior. No se encuentran comprendidos los afiliados expresamente exceptuados en el artículo 1°", aclara la norma.

Argumentos

Willatowski explicó en la sesión que la reforma “tiene como finalidad establecer un marco claro y equitativo en relación a la afiliación a obra social, por parte de los trabajadores del Banco del Chubut, bajo el régimen de solidaridad”.

Indicó que “la normativa vigente ha generado una situación desigual, porque acceden al régimen de jubilaciones y pensiones, pero tienen un régimen distinto de cobertura de salud. La seguridad social debe tener criterio de universalidad y equidad, y evitar desigualdades entre trabajadores similares”.

Indicó que esta diferencia “afecta el equilibrio financiero del instituto y genera una carga en el resto de loa afiliados”, aclarando que “los que se encuentran en actividad en un plazo de 90 días deben optar voluntariamente, si renuncian ahora no podrán hacer uso en el futuro”.

A pesar de votar a favor, el diputado Santiago Vasconcelos cuestionó que “el problema de financiamiento de la obra social y del instituto es la deuda histórica, y la retención permanente de aportes y los bajísimos salarios que este gobierno está empecinado en bajarlos aún más”.

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