Según explica la  Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el pago mensual de los monotributistas comprende la cobertura de asistencia en salud a través del Plan Médico Obligatorio. De esta manera, desde el momento en que adhiere al monotributo, el titular debe elegir una obra social.

En ese marco, AFIP tiene a disposición una lista de obras sociales a la cual los monotributistas pueden acceder para elegir qué cobertura de salud quieren y por su parte, las obras sociales, que generalmente son las que pertenecen a los sindicatos de todos los rubros, sólo están obligadas a proveer al socio las prestaciones del Programa Médico Obligatorio.

Cada monotributista debe elegir a cual obra social quiere realizar su aporte y se recomienda que la prestadora tenga oficinas y una cartilla de profesionales y centros médicos de internación en la zona donde reside.

A pesar de que las obras sociales están obligadas a prestar asistencia únicamente por el Programa Médico Obligatorio (PMO). La mayoría ofrece planes de cobertura superiores abonando una diferencia o bien pasarse a un plan de la pre paga que pertenece a la misma obra social, obviamente con su diferencia de valores en la cuota mensual.

Las obras sociales están obligadas a prestar asistencia únicamente por el Programa Médico Obligatorio.

Otra opción es consultar directamente el listado de prestadores inscriptos en la Superintendencia de Servicios de Salud, consultando desde el sitio web 

🩺CLAVES PARA ELEGIR UNA OBRA SOCIAL

🔸Recomiendan que los nuevos monotributistas evalúen al menos tres propuestas y comparen de acuerdo a las necesidades de su grupo familiar, sus edades y patologías, para dar con la que mejor convenga a la hora de la consultas y prácticas médicas, odontológicas o de otras especialidades.

🔸Una consideración a tener en cuenta en el momento en que se da de alta el monotributo, también dar el alta en la obra social para asegurarse que el aporte mensual vaya directamente a donde corresponda.

Una vez tomada la decisión, habrá que completar la declaración jurada 300/97 en una oficina de ANSES lo antes posible para estar cubierto en salud. Para esto, habrá que completar un formulario por triplicado y presentarlo acompañado por la siguiente documentación:

🔸Original y fotocopia del último comprobante de pago

🔸Original y fotocopia del DNI

🔸Formulario 184/F completo, de la AFIP

Los casados o en estado de concubinato podrán unificar aportes para elegir un plan más completo de acuerdo a la oferta de la obra social, que debe ser para ambos la misma y anexar otros integrantes de la familia abonando aparte lo que corresponda.

Otra aclaración importante es que opcionalmente podés unificar aportes de obra social con tu cónyuge, siempre y cuando tengan la misma obra social. 

Aunque resulte una tarea difícil, la elección de una obra social para el monotributo, otro punto importante es su vademecum, cuánto y cómo cubre los porcentajes de costo de medicamentos y la disponibilidad en caso de tratamientos permanentes.

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