Control en compras de supermercado: ¿hasta qué monto se puede gastar sin que AFIP las vigile?
Desde la Administración Federal de Ingresos Públicos, indicaron que -por medio de la actualización de montos- consumidores finales deberán identificarse de acuerdo a los importes realizados y los medios de pago utilizados.
Este lunes, desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunciaron sobre una actuallización de montos, a partir de los cuales se exigirá una identificación a los compradores de bienes.
El organismo “actualiza el importe a partir del cual se deben identificar a los consumidores finales cuando se emitan tickets o facturas”, explicaron. Pero, ¿cuándo deberán hacerlo?.
LOS NUEVOS MONTOS
Actualtamente, el importe de $92.720 pasa a alcanzar los $191.624.- cuando se trate de pagos a través de medios electrónicos. Cuando sea mediante pagos en efectivo o por otros medios de pago no electrónicos, el monto a partir del cual se debe identificar al consumidor final será $95.812.- (antes $46.360.-)”, detallaron.
La titular del organismo, Florencia Misrahi, indicó que “se actualizó a partir del 15 de enero de 2024 el importe de facturación a consumidor final para identificar en las facturas por aplicación de la actualización establecida en el RG 4444/19".
“Cuando el receptor de la factura sea un consumidor final deberán detallarse los siguientes datos, siempre que el importe de la operación sea igual o superior a $ 191.624, el importe se incrementó un 106,67% (antes $ 92.720)”, indicó.
Los datos a pedir son: Apellido y nombre, Domicilio, CUIT / CUIL / CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI), según enumeró Infobae.
MEDIOS ELECTRÓNICOS
“El sistema “Comprobantes en Línea” considera que la operación fue realizada través de medios electrónicos cuando se marca en condiciones de venta, una de las siguientes opciones: Tarjeta de Débito, Tarjeta de Crédito, Cuenta Corriente, Cheque y Tiquet.
Además, indicó que “la identificación también se realizará cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 95.812 (antes $ 46.360) y no se haya efectuado por alguno de los medios de pago electrónicos autorizados (tarjetas de crédito, transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del Banco Central de la República Argentina)”.
OPERACIÓN SIN MEDIOS ELECTRÓNICOS
El sistema “Comprobantes en Línea” considera que la operación no fue realizada través de medios electrónicos cuando se marca en condiciones de venta, una de las siguientes opciones: Contado u Otra.