No es novedoso decir que la constitucionalidad de este sistema se viene cuestionando desde hace tiempo”, explicó Mauriño, quien formuló un descargo ante el municipio de Costa, en respuesta a una infracción recibida por la fotografía tomada en la ruta 40, en el acceso a esa localidad.  

“Creo que lo que ocurre es que se deja de lado la interpretación de la ley Nacional de Tránsito, que es la que aplica en la ruta nacional 40 que atraviesa la ciudad de Gobernador Costa –precisó el abogado y concejal de Juntos por el Cambio en Sarmiento-. Esta sanción ha sorprendido en más de un caso a vecinos de Sarmiento y Comodoro, porque no hay señalización y además el cuestionamiento va mucho más allá, porque no contribuye a la educación vial ni a reducir la siniestralidad”.

Concretamente, el abogado cuestionó que el modo de labrar las infracciones, sin presencia de inspectores ni señalización del lugar, de manera oculta, persigue un mero fin recaudatorio, antes que mejorar la seguridad en el tránsito por la ruta 40.

“Surge del instrumento que cuestiono una presunta infracción de exceso de velocidad, así, podría desprenderse del contenido de la misma, cuando se refiere al Objeto: Velocidad registrada 80 km/h, cuando la permitida es de 60 km/h, detectada por el instrumento electrónico que se describe en la fecha y lugar indicado y por el vehículo que – no se observa – surge de la fotografía obrante en el acta”, señala el escrito presentado por el abogado.

Del Instagram de adnsur

Desde el punto de vista técnico, el abogado sostiene que la infracción es nula, por no seguir los procedimientos establecidos por la ley:

“Y justamente en ello reside este planteo de nulidad esgrimido al no haberse dado fiel cumplimiento a lo invocado ut supra en cuanto al ‘no’cumplimiento a la metodología establecida por el artículo 70 de la Ley Nacional de Tránsito, sino por un sistema automático incapaz de actuar como mecanismo preventivo de siniestralidad vial”, señala el escrito.

El primer municipio de la provincia

“Hay que entender en esta situación particular y otras similares que hay temas vinculados a la formalidad, cómo se elabora y comprueba la falta –reseñó, en diálogo con Actualidad 2.0-. No hay inspector, no existe una advertencia si estás transitando en ruta nacional sobre el instrumento y pareciera una acción persecutoria, con el mero fin de recaudar multas, pero no de reducir la siniestralidad, que es el espíritu de la ley nacional de Tránsito”, insistió.

Los reclamos por las multas son numerosos, tal como ha reflejado ADNSUR, ya que el monto de la sanción llega a superar los 44.000 pesos. En las condiciones planteadas, el abogado indicó en su descargo que no se posibilita el debido ejercicio del derecho a la defensa por parte del infractor, en los términos en que lo establece la mencionada normativa nacional.

Si bien todavía no ha tenido respuesta, Mauriño opinó que el tema debe ser debatido, por tratarse del primer municipio de la provincia que aplica este sistema, incorporando aspectos como el beneficio que deberían tener personas sin antecedentes de infracciones, por ejemplo, lo que no se cumple con el envío de la multa domiciliaria y la intimación al pago antes de la posibilidad de realizar un descargo.

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