Cuestionan que en el IPV de Comodoro trabaja un empleado condenado por estafas en entrega de viviendas
Desde ‘SOS Casa Familiar’ cuestionan que Darío Acosta, uno de los condenados en la causa que investigaba el pedido de coimas dentro de la la delegación local del Instituto Provincial de la Vivienda para otorgar viviendas, es quien realiza las entrevistas sociales y verifica las necesidades de las familias que aspiran a una casa.
En las últimas horas, una de las referentes de la agrupación SOS Casa Familiar, Andrea Mansilla, cuestionó el funcionamiento del Instituto Provincial de la Vivienda por falta de respuestas ante la necesidad habitacional en la ciudad, pero también apuntó contra la permanencia en su puesto de trabajo de uno de los involucrados en la primera causa por corrupción de ese organismo, en la que fue condenado Abel Reyna. La mujer cuestionó que Darío Acosta, otro de los involucrados en aquella causa, haya sido designado por el organismo para realizar la entrevista social y verificar la necesidad de las familias que conforman esa organización. ¿Cuál había sido el resultado del juicio, que llegó a una leve condena varios años después de los hechos denunciados?
“Las familias del grupo estamos indignadas por la situación”, refirió, tras relatar nuevamente la serie de reclamos realizados ante el organismo provincial, e incluso con pedidos al ministro de Vivienda que pasó recientemente por Comodoro Rivadavia, Jorge Ferraresi.
Al volver la crítica hacia el Instituto Provincial de la Vivienda, Mansilla precisó en diálogo con Actualidad 2.0 que desde febrero les dijeron que realizarán nuevamente entrevistas sociales, lo que se fue postergando por falta de vehículos del organismo provincial.
“Cuando supimos quién es la persona que nombró el IPV para realizar las entrevistas sociales, es Darío Acosta, uno de los cuatro empleados que fueron condenados por la justicia por las estafas con Reyna y que fueron reincorporados en el año 2021. Nosotros juntamos firmas ante el gobernador Arcioni para que exonere a estos empleados, pero el organismo ahora designa a este empleado para que vaya a la intimidad de nuestro hogar y evalúe la situación que estamos viviendo. ¿Bajo qué criterio de valores puede una persona de esta magnitud hacer una evaluación precisa y coherente, cuando es una persona que no tiene valores en absoluto”, planteó Mansilla. La mujer dijo que anticipó a uno de los referente de la Delegación local, Rubén Willhuber, para expresar la negativa a la visita de ese funcionario.
Cuál fue el resultado del primer juicio IPV
Vale recordar que en febrero de 2019, la jueza Daniela Arcuri aceptó la propuesta de suspensión de juicio ofrecida por Acosta, Vanesa Consoli, Claudia Leonori y Raquel Antimilla, quienes fueron imputados por adulterar las planillas y legajos de familias inscriptas para acceder a una vivienda, entre otras irregularidades perpetradas en el sector de adjudicación. En el caso de Acosta se lo acusó de haber exigido, junto a Abel Reyna, una cifra de 80.000 pesos a un particular, a cambio de adjudicarla una vivienda.
Sin embargo, los empleados fueron beneficiados con la suspensión de juicio a prueba, ante la falta de antecedentes penales. El defensor de Acosta argumentó en su momento que el concurso de cargos que se le imputaron, falsedad ideológica en concurso ideal con exacciones ilegales y cohecho pasivo, tiene una pena mínima de 1 año de prisión y la pena hubiera sido de cumplimiento condicional. La reparación ofrecida fue de 600 horas de trabajo comunitario y el pago del 20 por ciento del sueldo (del mismo organismo, ya que ninguno fue exonerado) durante dos años.
Quien sí resultó condenado por el delito de “cohecho en concurso real con concusión, ambos en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público; en concurso real con incumplimiento de los deberes de funcionario público, dos hechos en concurso real”, según la sentencia de primera instancia. Se le impuso además la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos o empleo público, en abril del año 2019.
Sin embargo, en mayo de aquel año la condena fue revisada por un tribunal de Alzada y morigeró la pena, al disponer que la pena de prisión fuera de cumplimiento condicional y no de cumplimento efectivo.
En aquel pronunciamiento, emitido por el juez Guillermo Muller, hubo fuertes críticas a la etapa de investigación previa, al señalar que la demora para dilucidar hechos ocurridos entre 2011 y 2014 fue uno de los motivos por los que la causa estuvo lejos de sentar un real precedente en contra de la corrupción. Del mismo modo, el presidente de la Cámara criticó a la fiscalía por no haber encuadrado el caso como una asociación ilícita, lo que hubiera elevado las penas para todos los partícipes, ya que ese delito prevé penas con un mínimo de 3 y un máximo de 10 años de prisión.