Se conocieron los primeros resultados de la auditoría que se lleva a cabo en el Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS) y detectaron irregularidades en 1.600 afiliaciones indirectas de cónyuges y convivientes a la obra social Seros, sobre un padrón de 13 mil personas que se encuentran bajo esa condición.

El trabajo de depuración, efectuado de manera conjunta entre el Instituto de Seguridad Social y Seguros y el Tribunal de Cuentas de Chubut, significó la baja de estas afiliaciones irregulares.

“Estos son los primeros resultados de la auditoría, y es tan grande el perjuicio económico para la obra social que aún no se pudo terminar de cuantificar. Por eso el trabajo continúa sobre los demás afiliados, unos 13 mil, y vamos a seguir investigando para determinar las responsabilidades por estas irregularidades”, aseguró San Martín.

Detectaron irregularidades en 1.600 afiliaciones indirectas de cónyuges y convivientes a la obra social Seros. Foto: Archivo

La depuración que concluyó con la baja de 1.600 afiliaciones indirectas fue como consecuencia de que, al momento de su incorporación, los mencionados afiliados cumplían con los requisitos exigidos, pero posteriormente cambiaron su situación a partir de comenzar a aportar a otra obra social nacional, sindical o privada.

Protección de recursos y afiliados

San Martín sostuvo que “el trabajo conjunto y consensuado con el Tribunal de Cuentas permitió llegar a este resultado, que en definitiva permitió detectar afiliaciones que estaban activas y no debían estarlo, agravando el déficit que posee la obra social”.

Además, indicó que “el objetivo es el cuidado de los recursos de la obra social, como una manera de proteger a los afiliados que sí cumplen los requisitos legales y también de las prestaciones que reciben”.

Este trabajo de cruce manual de información con la ANSES se circunscribió a aquellos afiliados indirectos obligatorios como cónyuges o convivientes, que se incorporaron a Seros a partir de la vigencia de la ley XVIII N.º 88 que modificó el artículo 9° de la ley XVIII N.º 12 dictada en octubre de 2015.

Desde el Departamento de Afiliaciones explicaron que “la modalidad establecida inicialmente fue la de chequear los casi 13 mil afiliados activos en la condición mencionada, filtrar aquellos de alta a partir de octubre de 2015 y corroborar con la certificación negativa de ANSES el cumplimiento de uno de los requisitos establecidos”.

A partir de allí se definió que “en los casos de afiliados que registren obra social vigente, y que se encuentren bajo tratamiento crónico o registren algún tipo de patología, la notificación de baja se realiza otorgando un plazo de 30 días en los que deben realizar el trámite de alta y/o pedido de cobertura en la obra social a la que aportan como titulares. Los demás se dan de baja automáticamente”.

Vigencia anual

La verificación efectuada extendió la aplicación de la norma “al universo de afiliados de alta con dicho parentesco y que no cumplan con la condición legalmente fijada lo que impacta en el padrón actual completo”.

En ese contexto, desde el Departamento Afiliaciones anunciaron que en los próximos días se remitirá la notificación a los afiliados titulares cuyos cónyuges o convivientes “se encuentren incumpliendo lo establecido, independientemente de la fecha de incorporación, lo que genera la extinción del beneficio”.

Se recordó en ese marco que las afiliaciones de cónyuges y convivientes poseen vigencia anual y que vencido dicho plazo “el titular debe renovar la afiliación mediante la presentación de los requisitos establecidos y cumplidos”.

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