El Gobierno Nacional estableció, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), la emergencia del sector eléctrico en los segmentos de generación, transporte y distribución hasta el 31 de diciembre de 2024.  Se dispone así la intervención de los entes reguladores y el inicio del proceso de revisión tarifaria del servicio eléctrico.

El texto plantea  entre sus argumentos que habiendo evaluado la situación en que recibe el sistema energético y las condiciones que se proyectan a futuro, “resulta necesario adoptar medidas de corto, mediano y largo plazo que permitan la continuidad en la prestación de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural, y asegurar el suministro”.

Por lo que en el articulo 1° del DNU se declara "la emergencia del Sector Energético Nacional en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural".

El DNU declara la emergencia en el sector energético.
El DNU declara la emergencia en el sector energético.

La declaración de emergencia y las acciones que de ella deriven "tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024", según sostiene el DNU firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y los demás ministros.

Mientras el artículo 2 instruye a la Secretaría de Energía que disponga el programa de acciones necesarias para "la sanción de precios en condiciones de competencia y libre acceso, mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las necesidades de inversión, para garantizar la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios".

Y finalmente, a través del artículo 3 se establece el "inicio de la revisión tarifaria" correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de "transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural", y establece que la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultantes "no podrá exceder del 31 de diciembre de 2024".

Sin embargo, el proceso de revisión tarifaria prevé "adecuaciones transitorias y ajustes periódicos” por lo que puede haber aumentos antes de que se convoque a audiencias públicas.
 

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