Por medio de una resolución, el Gobierno Nacional por medio del Ministerio de Transporte realizó cambios en el Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE). Entre otras modificaciones, hicieron hincapié en la financiación y la administración del sistema de transporte. 

A modo de ejemplo, la norma establece que el cobro de las tarifas de transporte público de corta y media distancia debe realizarse mediante un sistema de importe exacto utilizando equipos automáticos.

CUÁLES SERÁN LOS PRINCIPALES CAMBIOS DE LA NORMA

La resolución proporciona una visión general histórica del sistema SUBE. Comienza con su implementación en 2009 y destaca varios decretos y resoluciones que dieron forma al sistema a lo largo de los años.

Expande el sistema de cobro del SUBE a nuevos medios de pago electrónicos interoperables para todos los servicios de transporte.
Expande el sistema de cobro del SUBE a nuevos medios de pago electrónicos interoperables para todos los servicios de transporte.
Foto: larepublica

Además de ser un sistema de pago, “SUBE también es una herramienta valiosa para recopilar datos sobre el uso del transporte, ayudando en la planificación y la toma de decisiones políticas”, señala el texto.

En efecto, el Artículo 8 de la norma aclara el proceso de reembolso a Nación Servicios S.A., la empresa responsable de procesar las transacciones SUBE e introduce un nuevo mecanismo para calcular y limitar el reembolso. Por su parte, el Artículo 10 especifica que los costos asociados con la implementación de la resolución se cargarán a un programa presupuestario específico relacionado con el transporte y la movilidad.

También expande el sistema de cobro del SUBE a nuevos medios de pago electrónicos interoperables para todos los servicios de transporte (automotor, ferroviario, subterráneo, fluvial, cablevía). 

Esta resolución, en general, modifica aspectos específicos del marco normativo que rige el SUBE, estableciendo procedimientos para el reintegro de comisiones y la imputación de gastos, asegurando claridad en la gestión y el financiamiento del sistema. Además, establece la autoridad responsable de las decisiones y cálculos pertinentes, garantizando un marco operativo claro y eficiente para el funcionamiento del SUBe en el futuro.

  • Fecha de entrada en vigor: Los cambios entrarán en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y se aplicarán a las comisiones devengadas a partir del 1 de enero de 2024, que no hayan sido liquidadas antes de la promulgación de esta norma.

EL OBJETIVO DE LA RESOLUCIÓN

  • Clarificar el mecanismo de financiación del sistema SUBE.
  • Garantizar que el reembolso a Nación Servicios S.A. sea justo y transparente.
  • Alinear el sistema SUBE con el marco presupuestario actual.
  • Fortalecer el uso de los datos del SUBE para la planificación y las políticas de transporte.

Con información de Ámbito Financiero, redactado y editado por un periodista de ADNSUR

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